La Justicia considera procedente el despido de una trabajadora social por dejar sin desayuno y medicación a quien cuidaba en Lanzarote

Juzgados de Arrecife (Lanzarote).

EFE

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La Sala de lo social Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha considerado procedente el despido de una trabajadora social que no dio el desayuno ni la medicación a la persona que cuidaba en Arrecife (Lanzarote), un proceder en el que ve una falta “muy grave”.

En una sentencia facilitada este martes por el gabinete de prensa del TSJC, la Sala de lo Social de Las Palmas argumenta que conforme al Convenio del Sector de Ayuda a Domicilio en Canarias entre las faltas muy graves figura la “negligencia en la preparación y/o administración de la medicación, o cualquier otra que repercuta en la salud o integridad de las personas usuarias servicio”.

En este caso, señala que la trabajadora social no suministró a la usuaria su medicación, por lo que entiende que no existió “desproporción alguna entre el incumplimiento en que incurrió y la sanción impuesta” por la empresa en la que trabajaba cuando acordó su despido.

La sentencia del TSJC, recurrida por la empresa que contrató a la trabajadora, Asidma Servicios Sociales, revoca el fallo del Juzgado de lo Social número 3 de Arrecife dictado en 2025 en el que se dio la razón a la trabajadora tras ser despedida y ordenó su admisión o el pago de una indemnización de 13.709 euros.

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