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La jueza discrepa del informe pericial y archiva la investigación por las obras de la carretera del hospital de La Gomera

Vista aérea de la vía de acceso al hospital de San Sebastián de La Gomera.

David Cuesta

Santa Cruz de Tenerife —

La responsable del Juzgado de Instrucción Número 1 de San Sebastián de La Gomera, María Lourdes Goya, ha dictado un auto mediante el que archiva de forma provisional las diligencias penales abiertas por las obras de la carretera de acceso del hospital insular. En la resolución, que fue dictada el pasado 27 de mayo y a la que ha tenido acceso mirametv.com, la jueza cuestiona las conclusiones del informe presentado por el perito judicial, que cifró en un millón de euros el sobrecoste de la infraestructura.

El auto de sobreseimiento provisional, que ha sido recurrido en reforma por los denunciantes, la Asociación Movimiento Ciudadano contra la Corrupción, concluye que no existen indicios de malversación de caudales públicos en la actuación del Cabildo de La Gomera, la administración encargada de la adjudicación y la supervisión de las obras, consistente en la construcción de una vía de acceso al hospital de menos de 600 metros, cuyo coste total alcanzó los 8,5 millones de euros. Un criterio que choca con las apreciaciones realizadas por el perito judicial, el ingeniero y arquitecto Juan Jesús Cabrera, en un informe donde, además de un sobrecoste de un millón de euros, se advertía de la existencia de modificaciones sustanciales del proyecto que fueron aprobadas, según su postura, en contra del procedimiento establecido por la normativa.

El informe pericial es el elemento clave en la instrucción. A pesar de que la causa se abrió en 2011, no fue encargado por el juzgado hasta noviembre de 2013. Desde entonces hasta que fue designado el experto por el Gobierno de Canarias transcurrieron más de tres años. Una vez realizado el encargo, el 6 de febrero de 2017, el técnico emitió un primer informe, que fue presentado el 26 de julio de 2018, sobre el que la jueza solicitó una ampliación para responder a una serie de preguntas concretas relacionadas con las actuaciones.

Las discrepancias sobre el objeto del informe que surgieron entre el perito y el juzgado a partir de ese momento retrasaron aún más la causa, hasta que el técnico entregó el dictamen definitivo el pasado 6 de mayo. Tres semanas después, la jueza dictó el auto de archivo provisional. Un laberinto de obstáculos procesales que explica el tiempo consumido, más de seis años, en practicar la diligencia sobre la que ha pivotado toda la instrucción.

La jueza, que también fue la responsable de dictar el archivo del conocido como caso Telaraña, por el que se investigó a Casimiro Curbelo, motiva en el auto de sobreseimiento todos los argumentos por los que rechaza las conclusiones del perito judicial y que le llevan a considerar que no existen indicios de malversación. Hay que recordar que el informe del experto, tras las matizaciones realizadas por el juzgado, se centró en aclarar si existían diferencias entre la realidad ejecutada y la certificación final de obra. El arquitecto apreció en su dictamen “una cuantificación económica en exceso de 1.007.134 euros”.

En el informe pericial también se detectaron lo que califica el experto como variaciones sustanciales del proyecto de 2007, que había modificado el inicial de 2006 por ser inviable al ocupar la carretera parte de la parcela destinada al hospital. En opinión del ingeniero, “no son aceptables obras nuevas que de por sí solas sean ellas mismas un proyecto per se, como son las mencionadas por el Cabildo en su informe de fecha 24 de septiembre de 2018 (...) ya que en ese caso estaríamos desvirtuando y privando del control técnico y administrativo obligatorio a partidas de nuevas obras, que se incluirían en ese escenario por la puerta de atrás al proceso”.

El perito aclaró en su informe que “las obras que dice el Cabildo que fueron añadidas ex novo se descartan por impropias y ajenas al proyecto reformado de mayo de 2007, no siendo incluidas en la realidad ejecutada objeto de comparación del dictamen”. Se trata, entre otras actuaciones, de la construcción de dos muros baluarte, una nueva vía de servicio y un cuarto de bombeo.

Respuesta de la jueza

En el auto de sobreseimiento, la jueza responde al técnico sobre su valoración que el exceso económico es consecuencia de “no contemplar parte de la certificación”, lo que considera que “no tiene justificación alguna”. La instructora explica que “en este procedimiento no se le está preguntando al perito si considera que tendría que haberse realizado de otra manera, o si utilizando materiales más baratos, o incluso no atendiendo a las recomendaciones que se dieron en el acta de replanteo, pudiera haber sido la obra más barata”. La resolución judicial destaca que los trabajos “se presupuestaron y adjudicaron por 8.592.165 euros”, además de que “la liquidación final no sobrepasó dicha cantidad, obteniéndose un saldo líquido de 28.919 euros”.

La jueza también niega la mayor y, sin entrar a analizar si las modificaciones que el perito considera que se colaron “por la puerta de atrás” son sustanciales o no, rechaza que exista un imperativo legal que obligue a tramitar un nuevo proyecto modificado, como sostiene el experto en su informe. Para ello aprovecha lo que expone como contradicciones entre los dos dictámenes del ingeniero, que en su primer trabajo concluyó que “el proyecto se ajustaba a la realidad”, según insiste la instructora.

“Las modificaciones de las que habla y que no pueden considerarse como no sustanciales, no pueden incardinarse en el tipo del delito de malversación, ni siquiera se demuestra que pudiera ser una irregularidad administrativa, pues la propia ley no indica ese imperativo de que tengan que estar en un proyecto modificado”, asevera la jueza en el auto de archivo. La responsable del Juzgado de Instrucción Número 1 de San Sebastián de La Gomera también se basa en que “la obra estaba bajo control administrativo, pues lo que no se ha ejecutado no podría haber sido abonado sin la fiscalización de una administración como era el Cabildo” de la isla colombina.

Que la jueza descarte la posible responsabilidad penal en base al control realizado por la administración que presuntamente habría cometido el delito es uno de los aspectos que más destacan los denunciantes en el recurso de reforma que han presentado contra el archivo, al considerar que no puede ser una garantía de la legalidad la posición del Cabildo por ser la institución insular una de las partes investigadas en el procedimiento.

Donde sí aprecia la jueza una “posible irregularidad administrativa”, que en cualquier caso aclara que “no es objeto de este procedimiento”, es en relación a los trabajos del muro de baluarte de El Langrero. Una actuación que no estaba contemplada, en los términos en los que se ejecutó, en el proyecto modificado de 2007, aunque “el propio Cabildo sí indica que están en el escrito de 17 de septiembre de 2009”, que presentó el estudio que realizó el proyecto, “donde se incorporan las modificaciones”.

¿Qué dice la ley? Al tratarse de un contrato adjudicado el 28 de septiembre de 2006, la actuación se rige por el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas del año 2000, que en su artículo 146 establece que “cuando el director facultativo de la obra considere necesaria una modificación del proyecto, recabará del órgano de contratación autorización para iniciar el correspondiente expediente”. Entre los trámites establecidos, el Real Decreto señala la redacción de la modificación del proyecto y aprobación técnica, la audiencia al contratista, además de la aprobación del expediente por el órgano de contratación con una serie de excepciones.

La jueza incide en que la legislación “no establece el imperativo” de que las modificaciones sustanciales tengan que estar en un proyecto modificado, en contra de lo sostenido por el perito judicial. La instructora hace hincapié, en cualquier caso, en que las modificaciones objeto de la discrepancia han sido justificadas en el expediente.

Variaciones “justificadas”

“Si el perito no tiene en cuenta que se introdujeron unas variaciones justificadas a lo largo de la documental aportada en el año 2009, y valora un sobrecoste de 1.007.134 euros, no entiende esta juzgadora que prácticamente coincida con la cifra de su anterior informe en el que supuestamente no tenía conocimiento de esas variaciones, llegando a la conclusión de un sobrecoste de 942.602 euros”, explica el auto de archivo, donde se añade que el experto “entendió bajo su criterio que existían partidas para él como no justificadas en cuanto al ámbito que ocupaban en el proyecto y, sin embargo, han sido justificadas, en aplicación de la sana crítica para esta instructora”.

No suele ser habitual que un juez desprecie los argumentos de un peritaje judicial, al menos en una fase tan previa del procedimiento como es la instrucción de las diligencias previas. En el caso de la carretera del hospital de La Gomera, donde hubo que esperar seis años para obtener el dictamen, llama la atención que, una vez que la instructora tuvo el estudio definitivo, haya tardado solo 21 días en archivar de forma provisional la causa.

No hay que olvidar que los peritos judiciales son personas especializadas en un materia que aportan al procedimiento un análisis fundado sobre determinadas cuestiones técnicas que el juez no está obligado a dominar, con el objeto de suministrar argumentos o razones para la formación de su opinión sobre el caso.

La Asociación Movimiento Ciudadano Contra la Corrupción ha presentado un recurso de reforma ante el Juzgado de Instrucción Número 1 de San Sebastián de La Gomera. Ante el escenario probable de que no sea estimado, al tener que ser resuelto por la misma jueza que dictó el archivo, ya han anunciado que trabajan para plantear la apelación al sobreseimiento en la Audiencia Provincial.

La obra de acceso al hospital forma parte de un convenio firmado entre el Cabildo y el Gobierno de Canarias en septiembre de 2002. En el acuerdo, el Ejecutivo autonómico se comprometía a ejecutar la vía de acceso a La Lomada, de más de dos kilómetros, mientras que la Corporación insular asumía los trabajos de la carretera al centro sanitario, de 585 metros. En el documento se fijó la financiación que asumía la Administración regional, 5,2 millones de euros para cada una de las actuaciones. Los trabajos fueron ejecutados por la Unión Temporal de Empresas (UTE) que formaron Pedro Luis Darias SL, Áridos Herrera SL, Construcciones Darias SA y Promociones Ramón Arteaga Álvarez SL.

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