Dicen los expertos que la Ley es clara en esto de los plenos solicitados con los mínimos exigibles: han de ser convocados dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de solicitud. En caso de no hacerse así, el secretario deberá convocar la sesión el décimo día hábil siguiente. Teniendo en cuenta que la solicitud se hizo el 18 de este mes y que los sábados hay que computarlos, Paquirrín deberá someterse a la reprobación de la oposición como muy tarde el 17 de mayo. De momento pretende ganar tiempo convocando para este jueves una comisión informativa de Régimen Interior con un único asunto en el orden del día: Celebración de pleno extraordinario monográfico solicitado por la oposición. Inaudito, pero muy moganero.