La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial revocó de inmediato aquella sentencia en la que sólo se reconocía el derecho al honor del demandante y no el derecho a la libertad de expresión del demandado. Y ahora, es el Tribunal Supremo el que ratifica la decisión de la Audiencia rechazando la casación presentada por la defensa del empresario y condenándole a las costas procesales. El ponente del Supremo, Ignacio Sierra Gil de Cuesta, ha hecho una interesante defensa de la libertad de expresión en la sentencia que firma, lo que nos conduce a recomendar respetuosamente a muchos jueces, magistrados y fiscales locales que se la lean, que aquí se están cometiendo muchos atropellos contra ese derecho constitucional. El magistrado profundiza en las diferencias entre opinión e información y le coge el punto al estilo de Pepe Alemán. Vean cómo.