No hace mucho tiempo, varios comunicadores aficionados radicados en la muy noble ciudad de Telde, dedicaron gran parte de su tiempo y de su presupuesto telefónico en llamar a los periódicos de la capital para contar una noticia: que al director del periódico Telde Actualidad, Carmelo Ojeda, lo había sancionado la Agencia Española de Protección de Datos con una multa de 120.000 euros por haber publicado la deuda extrapresupuestaria del Ayuntamiento con la correspondiente relación de acreedores. Tal sanción habría sido respuesta a la denuncia formulada por una concejal de AFV-Ciuca y el director de una revista local, tanto monta, monta tanto, a pesar de que ese listado se repartió en una sesión plenaria en el mes de noviembre de 2006. Agarrándose de que la agencia había abierto expediente sancionador y dado trámite de audiencia a las partes, los audaces comunicadores lanzaron la falsedad de que la sanción se había producido ya y era firme. No era verdad, y por eso no lo publicamos. Pero es que este viernes la Agencia de Protección de Datos ha dictado una resolución en la que concluye que el derecho a la protección de datos personales “cede” frente al derecho de libertad de expresión.