Esto es, si la familia hubiera ganado el pleito de reversión, habrían tenido que comprar a Defensa, en uso del derecho de reversión. Pero la sentencia ante el Supremo la ganó el ministerio, por lo que el Puerto pagó humo. Además una más reciente ley del Gobierno Trillo dice que los derechos de reversión sólo funcionan hasta diez años de su expropiación o si se destinan a un interés no público. Esto significa que incluso sin sentencia del Supremo, el Puerto compró humo: los Bravo hubieran pagado a los militares el justiprecio y vendido al Puerto por el mismo precio, o alguien se quedó con lo que no debía. Y más: alguien tiene que estar representando en estas negociaciones al Ministerio de Defensa, o la operación no prosperará nunca. Cosas que vuelven a la palestra cuando menos se lo espera nadie.