La segundita: decía la Consejería de Presidencia y Justicia en una nota de prensa fechada el pasado día 9, que “es imposible encender o apagar un PC en remoto, es decir, sin encontrarse físicamente delante del ordenador”, y que tampoco es posible conectarse en remoto “sin que el usuario que hace uso del PC apruebe primero dicho acceso”. No es verdad. Cualquiera que conozca el funcionamiento del Cibercentro y del Centro de Atención al Usuario (CAU) de Atlante (Accenture) sabe perfectamente que se puede acceder en remoto en cualquier momento. Forma parte de los anales de la Administración de Justicia el caso de aquel juez al que le fue imposible acceder a uno de sus documentos porque estaba abierto por “otro usuario”. Nadie había acusado hasta ahora a nadie de encender o apagar un equipo de Justicia en control remoto, pero hasta eso es posible mediante una opción de cada ordenador que se llama Wake-On-Lan, opción que, ciertamente y por motivos de seguridad, no está configurada en las computadoras de la Administración de Justicia. Salvo error u omisión, claro.