La disciplina va por barrios en la Guardia Civil. Si es la tropa la examinada, firmes, mirada al infinito e impasible el ademán, pero a partir de determinados mando,s la cosa se relaja una barbaridad. En febrero de 2007 el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Las Palmas de Gran Canaria condenó a este mismo general Martínez a pagar 300 euros de multa cada veinte días hasta que ejecutara un fallo judicial. Y todo porque el empecinado general se alineó con el capitán y el coronel del puesto de la Guardia Civil de Vecindario (¡ojo al dato!) para que sólo hicieran guardia de puerta los agentes adscritos a seguridad ciudadana, lo que mermaba ese servicio a la ciudadanía y contravenía una orden del director general de la Guardia Civil. Un agente del instituto armado agotó en 2004 el conducto reglamentario y, en aplicación de la Ley de Procedimiento Administrativo, trasladó el caso a la justicia ordinaria. El 7 de octubre de 2006, el juzgado estimó el recurso del sindicato del agente y ordenó que todas las unidades destinadas en el puesto de Vecindario realizaran “servicio de puertas”. Sin embargo, el general dictó con posterioridad a la sentencia una orden interna que excluía del servicio a los efectivos del Seprona, Intervención de Armas y Plana Mayor. El sindicato AUGC recurrió dicha orden por ser nula de pleno derecho, al dictarse con el fin de incumplir la sentencia. El Juzgado instó por tres veces al cumplimiento de la sentencia, pero el general “perseveró en su desobediencia”, según AUGC, por lo que el 7 de febrero de 2007 dictó la sentencia que lo multaba, con envío de la causa al decanato de los juzgados por si hubiera algún delito en ciernes. Todo un campeón este general.