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Bankia, condenada por colocar preferentes a un exempleado

Alexis González

Las Palmas de Gran Canaria —

Empleado de la Caja Insular de Ahorros de Canarias (integrada en Bankia) recién prejubilado y presuntamente conocedor de los riesgos de las participaciones preferentes que se habían lanzado al mercado. Es el penúltimo perfil de víctima de las preferentes que ha ganado una demanda contra su propia empresa. Se trata de un trabajador de una sucursal rural de la isla de Gran Canaria, quien a escasos días de su prejubilación, suscribió un contrato por valor de 125.000 euros ofrecido por sus compañeros de trabajo, y que una juez de Telde ha anulado.

La sentencia dictada por la titular de Primera Instancia 1 de la ciudad de los faycanes, María del Carmen López Tomasety Fernández, da la razón al demandante, representado en este caso por el despacho de abogados especializado en preferentes Rodríguez, Parrilla y Pérez Abogados SCP, y obliga a Bankia a devolver 150.000 euros al exempleado de La Caja y a su esposa, por un nuevo caso de “indiscutible vicio en el consentimiento”, a pesar de que el contrante y demandante fuera un empleado de la propia entidad de ahorros grancanaria.

La juez explica en su sentencia, que no ha sido recurrida por Bankia y ya es firme, que fue en el interrogatorio del director de la sucursal cuando quedó meridianamente esclarecido que no hubo una información exhaustiva de los riesgos que corría su propio empleado, a la hora de adquirir esas acciones preferentes de la desaparecida La Caja. “Afirma haber informado de los riesgos” [... ] pero “conjuntamente haber relativizado la información de riesgos tales como la rentabilidad o la liquidez”, con expresiones como “no se le pasó por la cabeza que cerrara el mercado secundario”, o “no se la pasó por la cabeza que La Caja quebrara”.

Y eso en que en este inédito caso de un empleado que gana a su propia caja una demanda por un producto tóxico, la demandada pretendió hacer prevalecer en el juicio la condición de trabajador de la misma para que no prosperara la nulidad del contrato. El perfil, aún así, del empleado recién prejubilado era del que nunca ha tratado con productos tóxicos, ni fue director ni apoderado de su oficina, aunque se mantuvieran reuniones conjuntas para dar la explicación correspondiente del producto que se ponía en el mercado para sus clientes.

Bankia, que en el juicio celebrado a finales de 2013 llegó incluso a renunciar a testificales que habían sido propuestas por la misma entidad, alegó en su defensa que constaban firmas del demandante, como trabajador de la entidad, en suscripciones de subordinadas, aunque el propio director de la oficina llegó a admitir que el empleado no acostumbraba a realizar ese tipo de operaciones con otros clientes, y por tanto tener conocimiento de sus riesgos.

Arbitraje y nuevos engaños

Arbitraje y nuevos engañosDesde el despacho de www.rpabogados.com han explicado a Canarias Ahora la situación en la que se encuentran, a fecha actual, los antiguos titulares de preferentes y subordinadas. De un lado, quienes en marzo de 2012 aceptaron el canje por acciones ofrecido por Bankia, han visto como “tras el contrasplit del primer semestre de 2013 cada 100 acciones iniciales dadas a los firmantes por este canje se convertían en una sola, por lo que la pérdida ha sido total”. De otro, los que se vieron forzados por el FROB al canje obligatorio de mayo de 2013, “han sufrido quitas iniciales de entre el 29% y el 40% en función del producto y la entidad”.

Además, en relación al arbitraje desarrollado desde la primavera pasada por Bankia, este despacho pionera en la defensa de los intereses de los afectados por productos bancarios tóxicos e integrado en la asociación Abogados Preferentes, explica, en relación a Bankia -la principal demandada en Canarias, por la anterior Caja Insular- tiene unas 12.000 solicitudes de arbitraje en las Islas, y calculan que el dinero que se pueda recuperar por esa vía no va a ser superior a una tercera parte del total.

“La inmensa mayoría de la reclamaciones admitidas son las de menor importe invertido, pues Bankia ha primado la restitución de su dinero al mayor número posible de clientes, denegando la práctica totalidad de las reclamaciones superiores a 30.000 euros”, aclaran los abogados grancanarios Rodríguez, Pérez y Parrilla, quienes también destacan que a muchos que adquirieron participaciones preferentes y obligaciones subordinadas y que también les fueron colocadas acciones de Bankia ya en 2011, el valor de estas, no solo ha sufrido un “notable declive”, sino que se ha consumado “la total pérdida del valor de estas acciones”.

Estos abogados especializados indican que los clients minoristas que destinaron el dinero que tenían en sus cuentas corrientes para adquirir estas acciones iniciales de Bankia “no dispusieron de información veraz para conocer los riesgos reales de la emisión [de 2012] que por parte de Bankia se les comercializaba y que, como hemos visto, se basaba en datos que luego se demostraron falsos”.

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