Falla el primer intento en España de pasar Sestiba a manos privadas

El Puerto de Las Palmas ha vivido este jueves el primer intento, fallido además, de constituir las Agrupaciones Portuarias de Interés Económico (Apies) que prevé la Ley de Puertos del Estado para que la Sociedad Estatal de Estiba y Desestiba del Puerto de La Luz y Las Palmas (Sestiba) pase en su totalidad a manos privadas.

Según han informado fuentes del Puerto, la Autoridad Portuaria se ha adelantado este jueves a esta pretensión (ya que se quería tratar más adelante), presentando toda la documentación en las sociedades de Estiba de Lanzarote y Fuerteventura para que se hiciera efectiva la primera constitución de las Apies en España.

Sin embargo, durante la reunión celebrada este jueves los empresarios que representan el 51% de Sestiba han declarado necesitar más tiempo para estudiar esta pretensión y la han dejado sobre la mesa. Esto hará que se demore su constitución en varios meses.

Hay que recordar que Sestiba está participada en un 49% por la Administración y el resto lo componen los operadores portuarios. Con la constitución de las Apies, estas pasarían a ocupar el lugar de la Administración y Sestiba pasaría en su totalidad a manos privadas.

Por otro cabe recordar también que los sindicatos estibadores han convocado una huelga para el próximo día 15 de febrero con el objetivo de presionar para que se haga efectiva la constitución de las Apies, según las fuentes portuarias.

Apies

La Ley de Puertos de 2003 establece “que todas las sociedades estatales de estiba y desestiba existentes a la entrada en vigor de la ley se transformarán en agrupaciones portuarias de interés económico” y que las Apies tendrán como objeto poner a disposición de sus socios los trabajadores que desarrollen las actividades que integran el servicio de estiba que no puedan realizarse con personal propio de la plantilla.

Según la Ley 48/2003 las referencias a las sociedades en el RD 2/1986 se entenderán como hechas a las Apies, lo que pone de manifiesto que en cuanto a funciones y concepción de los servicios no hay cambios.

Dada la irregularidad en la demanda de personal, la legislación española constituyó las sociedades estatales de estiba, para proveer de personal a las empresas estibadoras, con participación en su capital de estas pero con la mayoría del capital en manos de las autoridades portuarias, como garantes del servicio público.

No obstante, la Ley de Puertos de 2003 recogió el mandato de transformar las sociedades estatales en Apies, sin, en principio, diferencias operativas entre unas y otras. Pero, eso sí, con el gran cambio que en las Agrupaciones las empresas privadas pasan a tener todo el control del capital.

Ellas contratan a los trabajadores y pagan todos sus sueldos, de ahí que la ley les dé toda la potestad para organizar el servicio, siempre bajo el estricto cumplimiento de la legalidad vigente.

Etiquetas
stats