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El TS anula una sanción a un juez que acumula cientos de resoluciones sin dictar

MADRID, 17 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo ha tenido que anular una de las sanciones que acumula el titular del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 4 de la Audiencia Nacional, Manuel Arce Lana, que fue suspendido cautelarmente en septiembre del pasado año por tener casi medio millar de resoluciones pendientes de dictar. En este caso se trataba de una suspensión por tres meses acordada en febrero de 2009 que se anula por “caducidad”, al superarse los 6 meses que fija la ley para su tramitación.

En este caso concreto, Arce fue investigado por una falta muy grave prevista en el artículo 41.7.9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que penaliza la el retraso injustificado y reiterado en la iniciación, tramitación o resolución de procesos y causas o en el ejercicio de cualquiera de las competencias judiciales.

Según la sentencia hecha pública por el Tribunal Supremo, de la investigación realizada en ese momento por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) resultó que Arce tenía pendientes de dictar sentencia sobre 160 procesos ordinarios que habían concluido entre el 29 enero de 2006 y el 22 e julio de 2008; a los que había que añadir 137 procesos abreviados en los que habían transcurrido ya más de los diez días previstos legalmente para su resolución.

La sentencia del alto tribunal reconoce la infracción cometida, si bien estima el recurso interpuesto por Arce contra su suspensión por la caducidad del expediente que fue tramitado por el órgano de gobierno de los jueces, que fue incoado el 23 de julio de 2008 y cuya resolución no se notificó hasta el 6 de mazo de 1009, es decir, siete meses y ocho días después.

El pasado 28 de septiembre, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó la suspensión cautelar de Arce, que además tiene abierto un expediente de jubilación por incapacidad, y tres meses después nombró a las juezas Mar Fernández Romo y Amaya Martínez Álvarez para sustituirle y poner al día su juzgado.

Se da la circunstancia de que en diciembre de 2008 el Tribunal Supremo anuló, también por caducidad del expediente incoado por el CGPJ, otra sanción consistente en una multa de 10.000 euros que le fue impuesta a Arce por trato desconsiderado hacia los funcionarios a su cargo y por sus continuos retrasos en su hora de llegada a las dependencias judiciales, que nunca era anterior a las dos de la tarde.

También ha trascendido una segunda sentencia del Tribunal Supremo que, por las mismas circunstancias de caducidad del expediente sancionador, anula una multa de 2.000 euros impuesta al magistrado de lo Mercantil número 4 de Madrid, Miguel María Rodríguez San Vicente, también por retrasos injustificados.

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