Candidaturas, escaños y mesas electorales en Canarias: todo lo que tienes que saber para este 23J
Un total de 21 candidaturas, once por la circunscripción de Las Palmas y diez por la de Santa Cruz de Tenerife, se han proclamado para concurrir a las Elecciones Generales al Congreso el próximo 23 de julio, una cita en la que el electorado está llamado a decidir el futuro de las políticas públicas que se ejecuten en España, al menos, durante los próximos cuatro años.
Canarias representa el 5% de la totalidad del electorado español mayor de 18 años que figura en el censo electoral, con una representación equivalente al 4,28% en el Congreso de los Diputados.
Los canarios votan en las dos circunscripciones, Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife, para elegir a 15 diputados de los 350 escaños del Congreso. Aunque el número de diputados asignados a cada circunscripción es variable en función de su número de habitantes, las circunscripciones provinciales tienen garantizados dos escaños de partida y uno por cada una de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. Por este motivo, en función al número de habitantes, a la provincia de Las Palmas le correspondan ocho diputados y a Santa Cruz de Tenerife, siete.
Obtener un diputado no cuesta a todas las provincias lo mismo, ya que también va en relación al número de habitantes, de manera que provincias como Madrid o Barcelona contribuyen con más diputados, esto es, más representación, que provincias poco pobladas de España como Teruel o Palencia. Es en este punto donde entra en juego la popular y polémica Ley D'Hont, que hace que un diputado de la provincia de Las Palmas (898.852 electores) cueste más votos que uno de Santa Cruz de Tenerife (881.209 los electores).
En Canarias se han registrado 21 candidaturas, once por la circunscripción de Las Palmas y diez por la de Santa Cruz de Tenerife. Por esta última provincia son una menos porque Vox no consiguió dentro de plazo proclamar una lista por graves diferencias internas en el orden a incluir a las personas interesadas. Además, doce concurrirán bajo la fórmula de coaliciones electorales, entre la que destaca Sumar, liderada en el ámbito nacional por la actual ministra de trabajo en funciones, Yolanda Díaz.
Los votos al Senado
En el caso del Senado el número de senadores no es fijo. En la próxima legislatura será de 266 y de ellos 208 serán elegidos por sufragio. Se vota a la persona, al candidato, de entre los que figuren en la papeleta única del Senado. Los candidatos elegidos no tienen necesariamente que pertenecer al mismo partido, de manera que el elector puede dar su voto a un máximo de tres candidatos en las circunscripciones provinciales en España pero a un máximo de dos en las islas de Gran Canaria y Tenerife. En el resto de circunscripciones insulares solo podrán votar a uno.
Los otros 58 senadores son elegidos por las asambleas legislativas de las comunidades autónomas: uno por comunidad y otro más por cada millón de habitantes de su respectivo territorio. A ocupar los escaños de la Cámara Alta, optan 73 candidaturas en todas las islas, con diez en Tenerife y Gran Canaria, nueve en La Palma, Lanzarote y Fuerteventura y ocho en La Gomera y El Hierro.
Los votos y la mesa
El próximo 23 de julio podrán votar todos los españoles mayores de edad inscritos en el censo electoral, tanto residentes en en el país como en el extranjero. Además de a través del voto presencial, pueden ejercer este derecho mediante el voto por correo. No podrán votar las personas condenadas por sentencia judicial firme a pena de privación del derecho de sufragio. Ninguna persona puede ser obligada en España a votar ni tampoco a revelar su voto.
La votación comenzará a las 9:00 horas del domingo 23 de julio, aunque los locales estarán abiertos antes para que puedan presentarse las personas que constituyan las mesas electorales y verifiquen que no hay problemas con el material electoral, acrediten a interventores, apoderados, etc.
La votación terminará a las 20:00 horas y será anunciado por la presidencia de la mesa electoral. Sin embargo, si quedasen en el local electoral, o en su acceso, personas que todavía no hubiesen votado, la mesa les dejará votar y no permitirá que lo haga nadie más.
La identificación del electorado se puede realizar mediante el Documento Nacional de Identidad, el pasaporte o el carnet de conducir.
A la mesa electoral le corresponde presidir el acto de la votación, controlar su desarrollo y realizar el recuento de votos. Estará integrada por un presidente o presidenta y dos vocales, elegidos por sorteo entre las personas censadas en una sección electoral que sean menores de setenta años y que sepan leer y escribir.
El sorteo de las mesas se realizó entre el pasado 22 y el 28 de junio. El periodo de notificación de las designaciones se extendió hasta el pasado 1 de julio. Los presidentes y vocales, así como los suplentes que resulten finalmente designados como miembros titulares de la Mesa percibirán una dieta, tendrán derecho a una reducción de su jornada de trabajo de cinco horas el día inmediatamente posterior y estarán protegidos por el sistema de la Seguridad Social frente a las contingencias y situaciones que puedan derivarse de su participación en las elecciones.
Es obligatorio asistir cuando se recibe la convocatoria para formar parte de la mesa electoral. El presidente, los vocales y suplentes que no acudan a desempeñar sus funciones incurrirán en pena de prisión de 3 meses a un año o multa de 6 a 24 meses.
Los designados disponen de siete días desde la notificación para alegar ante la Junta Electoral de Zona correspondiente una causa justificada y documentada que les impida aceptar el cargo. La Junta Electoral de Zona aceptará o rechazará, en cada caso, las alegaciones. La Junta Electoral Central ha determinado las causas personales, familiares y profesionales que se pueden alegar para no formar parte de las Mesas electorales.
Además, para el caso exclusivo de estas elecciones, ha acordado que, teniendo en cuenta que el 23 de julio coincide con el periodo de vacaciones estivales, las Juntas Electorales de Zona deberán valorar “la viabilidad de la excusa consistente en que el día de la jornada electoral coincida con un desplazamiento o estancia de carácter vacacional que haya ocasionado contrataciones anteriores a la convocatoria de las elecciones, y cuya cancelación ocasione un perjuicio económico o un trastorno grave al solicitante”. El interesado deberá acreditar documentalmente la antelación del contrato, así como el perjuicio económico o el trastorno grave alegados.
0