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La Policía Local de Mogán cobra complementos irregulares

La Policía Local de Mogán tiene por costumbre desde 2006 percibir complementos extraordinarios de sus sueldos declarados ilegales por la Subdelegación del Gobierno en Las Palmas. El 10 de marzo pasado, la delegada del Gobierno en las Islas, Carolina Darias (PSOE), firmó un requerimiento dirigido al alcalde de Mogán, Francisco González (PP), para que procediera en el plazo de un mes a dejar sin efecto el Acuerdo Regulador de la Condiciones de Trabajo del Personal Funcionario en lo que afecta a los extras percibidos por los agentes de la Policía Local, por infracción del ordenamiento jurídico.

En concreto, la Subdelegación del Gobierno en Las Palmas señala tres actas de sesiones de la Junta de Gobierno municipal en la que decreta una serie de pagos extras a policías locales en función de un acuerdo que determinaba que “la Policía Local percibirá por noche trabajada un complemento de nocturnidad de 24 euros brutos, y un complemento por domingo trabajado de 72 euros brutos a partir del año 2006”.

En esas actas ahora impugnadas se recoge, el 19 de octubre de 2009, el acuerdo de abonar a doce policías locales servicios extraordinarios realizados el día 3 de octubre, por “fiesta de la policía”, así como el pago de 13.847,29 euros a 35 efectivos policiales por servicios extraordinarios durante el mes de septiembre y de 19.353,27 euros a 45 agentes por servicios en jornada dominical y nocturna.

Del mismo modo, la Subdelegación del Gobierno requiere anular otro acuerdo de la Junta de Gobierno municipal, de 9 de noviembre de 2009, por el que 38 efectivos policiales percibieron 15.179,27 euros en concepto de jornada dominical y nocturna durante el mes de octubre, y otro del 18 de enero de 2010, por servicios dominicales y nocturnos en el mes de diciembre de 45 miembros de la policía que percibieron 16.200, 54 euros.

La resolución del Gobierno de España requiere la anulación de estos acuerdos debido a que, según la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en relación al complemento específico destinado a retribuir condiciones particulares de algunos puestos de trabajo “en ningun caso podrá asignarse más de uno a cada puesto de trabajo”.

Del mismo modo, la norma también indica expresamente que las gratificaciones por servicios extraordinarios, fuera de la jornada laboral, “en ningun caso podrás ser fijas en su cuantía y periódicas en su devengo”, como viene realizando el Ayuntamiento de Mogán en los últimos meses por medio de los acuerdos cuestionados de su Junta de Gobierno municipal.

Además, el requerimiento de anulación de estos acuerdos especifica que el Ayuntamiento de Mogán no puede declarar día inhábil el 3 de octubre, “fiesta de la policía”, ya que la regulación del calendario laboral depende de la Comunidad Autónoma y a propuesta del propio Consistorio moganero, los días festivos locales son el 7 de junio y el 16 de julio.

En sus fundamentos de derecho, el requierimiento al alcalde de Mogán indica que estos servicios extraordinarios realizados fuera de la jornada normal de trabajo “es un concepto retributivo que tiene carácter excepcional, ya que únicamente han de abonarse cuando responda a razones de urgencia o de necesidad, excluyéndose las de naturaleza estructural”, por lo que estima “no ajustada a derecho” la decisión de pagar 24 euros brutos por noche y 72 euros brutos por domingo trabajados.

La decisión del Gobierno de España en Canarias añade: “Las retribuciones concedidas por servicios realizados durante el dia de la celebración de la fiesta de la policía, día 3 de octubre, así como las percibidas durante los meses de agosto y diciembre, dada su reiteración, se pone de manifiesto que son servicios previsibles y de carácter anual, por lo qie si excediera la jornada de la normal establecida habría de retribuirse a través del complemento de productividad”.

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