Los Verdes relaciona la detención de Hayek con una pieza separada por la reparcelación de Las Huertas
El portavoz de Los Verdes de Tenerife, Octavio Hernández, ha relacionado la detención del abogado Mauricio Hayek dentro del caso Las Teresitas, con una “pieza separada” de la investigación que se sigue en la querella de la Fiscalía por presuntas irregularidades al incluir terrenos de Las Huertas en la reparcelación y compraventa acordadas sin consentimiento de sus propietarios supuestamente para la remodelación de Las Teresitas.
A raíz de esta detención, Hernández ha vuelto a sugerir que el Registro de la Propiedad “devuelva al ayuntamiento la reparcelación realizada irregularmente por la Junta de Compensación en el proyecto de compensación que aprobó el pleno municipal el 23 de mayo de 1989”.
Según explica Hernández, la reparcelación certificada por el ayuntamiento en 1989 proviene del Convenio de 21 de noviembre de 1986, a partir del cual se elaboraron la Modificación y Adaptación del plan parcial de 21 de julio de 1988, el Proyecto de Compensación protocolizado el 24 de agosto de 1989 y las previsiones del PGO del 13 de enero de 1992 para Las Huertas. “Esa reparcelación de la compensación del plan parcial no fue alterada por la Sentencia del Tribunal Supremo en 1998 y pasó al Convenio urbanístico del 18 de septiembre de 2001, desarrollado posteriormente mediante el proyecto de urbanización aprobado el 17 de diciembre de 2004”, explica.
El representante de Los Verdes-Grupo Verde recuerda que “en el año 2003 el abogado de la Junta ahora detenido, Mauricio Hayek, reconoció por escrito en un fax enviado al representante legal del matrimonio Schneider, José de La Rosa, que el Registro de la Propiedad actuaba por error u omisión al incluir sus propiedades en la Junta de Compensación y, de hecho, se ofreció personalmente para hacer gestiones ante el Registro con el fin de normalizar la situación”.
En 1989 la Junta elaboró el proyecto de compensación que, según Hayek, pasó sin objeciones el período de información pública, y según el representante legal de los afectados, José de La Rosa, no consta que a los propietarios se les notificara personalmente por tres veces, como era preceptivo y reconoce en su sentencia el TSJC. Como no hubo alegaciones, siempre según Hayek ?prosiguen Los Verdes-, la Junta solicitó al Registro de la Propiedad que agrupara las fincas y segregara las 111 parcelas, entre las que se encontraban las de los actuales propietarios reclamantes de Las Huertas. El plan de reparcelación se incluyó en el PGO de 1992. Como consecuencia de esa reparcelación llevada a cabo por la Junta de Compensación, la inscripción de algunas propiedades hoy reconocidas a los afectados desapareció del Registro y la Gerencia de Urbanismo dijo a estas personas cuando reclamaron que sus viviendas ya no figuraban a su nombre. La investigación seguida sobre esta actuación habría sido finalmente determinante en la detención del abogado, según Hernández.
“Ni el ayuntamiento ni la Junta podían vender esas propiedades -señala-, la corporación porque nunca contó con una autorización escrita expresa de cada propietario, y la Junta porque no cumplió correctamente el procedimiento reglamentario de notificación y porque esos terrenos no eran suyos, ni nunca lo fueron, ya que el intento de expropiarlos no llegó a consumarse al no poder pagar el justiprecio ni aceptar las permutas que pedían los propietarios”. Por tanto, concluye el portavoz de Los Verdes, las fincas de estos afectados quedaron dentro del Polígono de actuación, pero fuera de la Junta de Compensación donde sólo pueden incluirse si ellos deciden integrarse voluntariamente y no se les puede expropiar si no es por motivos de utilidad pública.
Como causas que podrían conducir al Registro a devolver al ayuntamiento el plan de reparcelación para su modificación y adaptación a las circunstancias sobrevenidas por las reclamaciones de propiedad de las parcelas segregadas en su día, Hernández aduce que “existen discordancias entre la reparcelación y las parcelas inscritas, los propios informes técnicos de la Gerencia de Urbanismo reconocen discordancias en la descripción, cabida, numeración y linderos de las fincas originarias y las certificaciones registrales aportadas, y además la jurisprudencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el caso del matrimonio Schneider ha sentenciado que el plan de reparcelación debe retrotraerse precisamente a la fecha en que fue aprobado por el ayuntamiento en mayo de 1989, antes de la aprobación del PGO, que entonces se encontraba en la fase de Avance”.
Octavio Hernández considera que “si por todas estas irregularidades el Registro de la Propiedad devolviera al ayuntamiento el plan de reparcelación, tanto el proyecto de compensación aprobado el 23 de mayo de 1989 como el proyecto de urbanización aprobado el 17 de diciembre de 2004 tendrían que rehacerse contando con la nueva información sobre las propiedades”. La decisión del Gobierno central de resolver el contrato para la remodelación por las irregularidades en la titularidad del parcelario y la detención del abogado de la Junta de Compensación y mediador de Inversiones Las Teresitas, “son redundantes en la misma dirección: de un modo u otro esa reparcelación ha quedado virtualmente anulada”, concluye.