La portada de mañana
Acceder
Gobierno y PP reducen a un acuerdo mínimo en vivienda la Conferencia de Presidentes
Incertidumbre en los Altos del Golán mientras las tropas israelíes se adentran en Siria
Opinión - ¡Con los jueces hemos topado! Por Esther Palomera

El Supremo confirma la condena a Rafael Bornia

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena por blanqueo de capitales dictada en 2012 por la Audiencia Nacional contra el narcotraficante canario Rafael Bornia y contra siete personas que le ayudaron a limpiar el dinero que obtenía de la droga mediante diversas operaciones.

La sentencia ahora confirmada consideraba probado que Rafael Bornia, que en la actualidad cumple 12 años de condena por tráfico de drogas, se sirvió de una trama de sociedades, cuentas y personas interpuestas para dar apariencia lícita a 7,48 millones de euros que había conseguido mediante sus actividades delictivas.

La Audiencia Nacional condenó por ello a Rafael Bornia a cumplir siete años y medio de prisión por blanqueo y a pagar una multa de 70 millones de euros, diez veces el dinero ilícito que consiguió limpiar comprando bienes de lujo y propiedades inmobiliarias en Gran Canaria, Madrid y Marbella (Málaga) y transfiriendo fondos a EEUU, Panamá, Belice, Líbano y Georgia, entre otros lugares.

La sentencia imponía además siete años de cárcel y 50 millones de euros de multa al ciudadano libanés residente en Gran Canaria Pierre Abdou M.S., al que la Audiencia considera una pieza clave en la trama de blanqueo, ya que compró propiedades para Rafael Bornia y le ayudó a evadir a Panamá y Belice importantes cantidades de dinero simulando operaciones de compra de pescado.

La tercera de los condenados es la pareja del principal acusado, Natalia P.C., que se prestó a poner a su nombre una serie de propiedades que Bornia había conseguido con dinero de las drogas.

La Audiencia también consideró culpable de blanqueo al empresario marbellí Francisco C.M., que prestó parte de sus sociedades a las operaciones de Bornia (cinco años de cárcel y 8,5 millones de euros de multa); a Delfín C.C., que constituyó once sociedades para esta trama (3 años y 3 meses de cárcel y 31 millones de euros de multa); y a Julio Francisco G.S., un empresario acuciado por una quiebra que colaboró con el blanqueo (2 años y multa de 6,98 millones).

Finalmente, la sentencia declaró culpables del mismo delito al abogado Antonio Domingo O.M y al agente inmobiliario y socio del anterior José Luis G.D., a los que se impuso las penas de 5 años de cárcel y 13,5 millones de euros de multa y de 4 años y 8 meses de cárcel y 13,5 millones de euros de multa, respectivamente.

El Supremo confirma esta sentencia en todos sus extremos, salvo en uno: el hecho de que se aplicara el tipo agravado de pertenencia a una organización delictiva al abogado y al agente inmobiliario.

En consecuencia, rebaja la condena de ambos a cuatro años de cárcel, les retira la multa y deja sin efecto las penas accesorias que se les había impuesto para que no pudieran seguir ejerciendo sus respectivas profesiones.

El Supremo valida el resto de las disposiciones adoptadas por la Audiencia, entre ellas el decomiso de diferentes bienes que se ha demostrado que pertenecían a Rafael Bornia y que se compraron con los beneficios del narcotráfico: tres viviendas en Fuerteventura, dos en Marbella, una en San Agustín (Gran Canaria), 33 locales comerciales en Marbella, dos barcos, un Audi y un Porsche.

Etiquetas
stats