La Justicia condena al “neuropsiquiatra” de Suárez Gil por falsificar un certificado para favorecerle
El Juzgado de Instrucción número 7 de Las Palmas de Gran Canaria ha condenado al doctor Ranulfo León, que firmaba los certificados psiquiátricos del expresidente de la Cámara de Comercio de Gran Canaria José Miguel Suárez Gil, por un delito leve de falsificación de certificado cometido por facultativo.
Dicho documento sirvió a Suárez Gil para ralentizar varios procesos judiciales, ya que advertía del delicado estado mental y psicológico en el que se encontraba y del perjuicio grave que supondría para su salud comparecer ante la Justicia. El médico llegó a afirmar que Suárez Gil sufría una enfermedad “psíquica grave, crónica e irreversible que constituía una circunstancia eximente de responsabilidad criminal (llegó a decir literalmente que quien padece de trastorno depresivo mayor es irresponsable de sus actos)”.
Un informe que, para el magistrado, tenía por objeto evitar que el expresidente de la Cámara de Comercio acudiera a un juicio Penal seguido en su contra y lograr que fuera absuelto por supuesta inimputabilidad. En este punto, señala la relación cercana que mantenían León y Suárez Gil, que fueron fotografiados juntos en la boda de este último.
El juez condena al médico a pagar una multa de 15 euros diarios durante seis meses, tras considerar probado que trató de favorecer a Suárez Gil para que se suspendiera la vista oral que debía de haberse celebrado el 22 de septiembre de 2014 y en la que tenía que comparecer por quebrantamiento de condena en base a una denuncia interpuesta por la exmujer de éste, Josefina Navarrete.
Según se desprende de la sentencia a la que ha tenido acceso Canarias Ahora, el mismo informe fue, además, presentado en el Juzgado de Instrucción número 3 de la ciudad capitalina el mismo mes de 2014 para “intentar evitar que se acordara la detención” del expresidente de la Cámara, al no haber respondido al llamamiento judicial para que se le tomara declaración por un presunto delito fiscal.
En el documento, en el que León se atribuía “falsamente” la especialidad de “neuropsiquiatría”, había sido elaborado sin embargo en octubre de 2013, para ser presentado en el proceso de quebrantamiento de condena anteriormente mencionado. El juez señala que, antes de facilitárselo a la letrada de Suárez Gil, el médico simplemente actualizó la fecha y no examinó al paciente.
Entre las conclusiones del certificado, el doctor aseveraba “falsamente” que el expresidente de la Cámara de Comercio carecía de la consciencia necesaria y de la capacidad de entender y concienciar razonablemente y no aconsejaba su asistencia a un juicio oral. Además, afirmaba que padecía un trastorno depresivo mayor que le hacía “irresponsable de sus actos”.
A tenor de las pruebas examinadas, el juez considera que el ahora condenado, “a pesar de que sabía que aunque José Miguel Suárez Gil sufría una patología depresiva, en modo alguno tal circunstancia le impedía asistir a juicio como acusado, ni afectaba gravemente sus capacidades volitivas e intelectivas”.
Tanto la médico forense, como el perito médico de la acusación particular coincidieron en que, aunque Suárez Gil presentaba cierta patología psiquiátrica de carácter depresivo, en modo alguno cabía afirmar que carecía de la conciencia necesaria para asistir al juicio.
El juez señala en la sentencia las contradicciones esbozadas por León durante su declaración, quien a pesar de que ratificó el informe, reconoció que lo había redactado en octubre de 2013 y que casi un año después lo único que hizo fue cambiar la fecha sin examinar al paciente.
A pesar de haber admitido que la salud mental del expresidente no era la misma que el año anterior, aseguró ante el juez que en el momento en que se entregó el documento a la abogada “había empeorado debido a la ruptura sentimental que se había producido entre aquel y su anterior letrada, si bien ‘eso se arreglaba con pastillas’”.
Las incongruencias de la declaración de León - llegó a decir que “él le había aconsejado que acudiera al juicio, si bien su hijo y su letrada eran contrarios a su propuesta” - unidas a la forma en que trataba de justificar “tamaña falta de diligencia profesional indicando gestualmente que todo los datos relativos a aquel ‘los tenía en su cabeza’”, son para el juez “circunstancias reveladoras de una desidia, falta de seriedad, rigor y diligencia profesional que explican perfectamente que realmente de lo que se trataba era conseguir a toda costa que el contenido de su informe evitara la comparecencia del paciente a juicio y que se le reconociera como penalmente inimputable”.
Para ello, continúa el magistrado, el doctor “faltó conscientemente a la verdad en las conclusiones del mismo dándoles el sentido adecuado a tales fines, pero sin que en modo alguno aquellas correspondieran a las patologías que sufría el acusado y al alcance y trascendencia real de éstas según sus conocimientos médicos y experiencia profesional”.