Derecho a una segunda opinión

Rioja2

0

Los pacientes riojanos podrán solicitar una segunda opinión en caso de enfermedad degenerativa progresiva sin tratamiento curativo del sistema nervioso central (excepto demencia senil), enfermedad neoplásica maligna (si se trata de la piel, sólo se incluye el melanoma), enfermedad inflamatoria intestinal, tumoración del sistema nervioso central y tambiéon si padece una enfermedad rara.

En cuanto a los tratamientos, el derecho a una segunda recomendación podrá ejercerse al tratarse de terapias para la enfermedad inflamatoria intestinal, situaciones de riesgo en las que se propone cirugía coronaria y cardiopatía congénita, entre otros trastornos.

La segunda opinión médica deberá ser solicitada por el propio paciente y se presentará en el Registro de la Consejería competente en materia de salud o en cualquiera de los lugares oficiales establecidos en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

45 DÍAS

La segunda opinión médica se emitirá siempre sobre la base del historial médico del paciente y el correspondiente primer diagnóstico. El profesional o equipo que deba emitir la segunda opinión podrá solicitar el envío de muestras y tejidos, así como determinar que el paciente se desplace para su valoración en consulta o para la realización de alguna prueba adicional.

La segunda opinión médica se emitirá mediante un informe escrito en el plazo de 45 días y se incorporará a la historia clínica. Si el informe es coincidente con el diagnóstico realizado o el tratamiento ya propuesto, se notificará al interesado por cualquier medio que permita dejar constancia de su recepción. En caso de que el informe difiera del diagnóstico realizado o el tratamiento ya propuesto, se citará al paciente personalmente para informarle de su contenido, así como de las ventajas e inconvenientes. En cualquier caso, es el paciente el que libremente decidirá qué tratamiento o diagnóstico se le aplicará, con la orientación de la Consejería de Salud.

MÁXIMOS PARA TIEMPOS DE ESPERA

Además, el consejero de Salud ha informado al Gobierno sobre el proyecto de Decreto que regulará los tiempos máximos de espera que, una vez recibido el informe del Consejo Consultivo y aprobado, será publicado en los próximos días en el BOR.

La norma establece un sistema de garantías en los tiempos máximos de espera en la atención sanitaria especializada y en pruebas diagnósticas no urgentes del sistema sanitario riojano y afecta a todos los servicios del Sistema Público de Salud de La Rioja.

Serán cien días en el caso de los procedimientos quirúrgicos, cuarenta y cinco días para el acceso a primeras consultas de asistencia especializada y treinta días para la realización de pruebas diagnósticas especializadas.