Detenido por conducir bebido y provocar un grave accidente en Ausejo con cinco heridos: uno de carácter crítico y dos graves

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La Guardia Civil en La Rioja ha detenido a un varón de 37 años, y residente en La Rioja, como presunto autor de un delito contra la seguridad vial por conducir un vehículo a motor bajo la influencia de bebidas alcohólicas, así como de cuatro presuntos delitos de lesiones por imprudencia grave.

La actuación se inició a las 16:55 horas del pasado 31 de julio, cuando la Central Operativa de Tráfico (COTA) de la Guardia Civil en La Rioja recibió el aviso de un siniestro vial ocurrido en el punto kilométrico 376,500 de la carretera N-232, en el término municipal de Ausejo (La Rioja), en el que se vieron implicados dos vehículos.

De inmediato, varias patrullas del Sector de Tráfico se desplazaron al lugar donde se produjo la colisión frontal entre un turismo y una furgoneta. Como consecuencia del fuerte impacto, cinco personas resultaron heridas: una de ellas de carácter crítico, dos con heridas graves y otras dos con lesiones de carácter menos grave; entre estas últimas, el presunto responsable.

La investigación del siniestro está siendo desarrollada por el Equipo de Investigación de Siniestros Viales del Sector de Tráfico de La Rioja.

El conductor presuntamente responsable del siniestro fue sometido a las preceptivas pruebas de detección de alcohol y drogas. En la prueba de alcoholemia arrojó un resultado positivo de 0,60 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, cifra que multiplica por 2,4 la tasa máxima de alcohol permitida con carácter general. Respecto a la prueba de detección de drogas, se está a la espera de recibir el resultado analítico que llevará a cabo un laboratorio autorizado. Estos hechos motivaron la detención del conductor y su posterior puesta a disposición de la autoridad judicial.

Consecuencias penales

Los hechos imputados al conductor detenido podrían ser constitutivos de un delito contra la seguridad vial por conducir un vehículo a motor bajo la influencia de bebidas alcohólicas y de drogas tóxicas, tipificado en el artículo 379.2 del Código Penal. Este delito está castigado con penas de prisión de tres a seis meses, o multa de seis a doce meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días y, en todo caso, con la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

A lo anterior se añaden cuatro presuntos delitos de lesiones por imprudencia grave, previstos en el artículo 152 del Código Penal, cuyas penas se graduarán en función de la gravedad definitiva de las lesiones sufridas por cada una de las víctimas, oscilando entre la prisión de tres a seis meses y la de uno a tres años, además de la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de uno a cuatro años. A estos efectos, el propio artículo 152 reputa en todo caso como imprudencia grave aquella en la que la producción del resultado lesivo venga determinada por la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en el artículo 379, como sucede, en principio, en este caso.

Por todo ello, la Guardia Civil recuerda que el consumo de alcohol y drogas resulta absolutamente incompatible con la conducción. Estas sustancias reducen la capacidad de reacción, alteran la percepción del riesgo, disminuyen la atención y aumentan de forma considerable la probabilidad de verse implicado en un siniestro vial.

La única tasa segura al volante es 0,0. Si se ha consumido alcohol o drogas, la única decisión responsable es no conducir y recurrir a un medio de transporte alternativo.