La DGT cambia las reglas para adelantar a ciclistas: menos velocidad y sanciones por incumplimiento

Un ciclista moviéndose por la ciudad

Antonio Baena

12 de septiembre de 2026 07:30 h

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Adelantar a un ciclista en carretera será una maniobra algo más limitada a partir del próximo 1 de octubre, con la actualización del Reglamento General de Circulación, que obliga a los conductores a reducir la velocidad durante el adelantamiento, además de establecer nuevas condiciones de seguridad. El cambio afecta a las carreteras convencionales principalmente, donde ya no bastará con respetar el límite general de la vía. Dicho esto, incumplir estas normas puede suponer una multa de 200 euros y la pérdida de seis puntos del carnet.

Nuevo límite de velocidad para adelantar

La principal novedad está en la velocidad que podrá alcanzar un vehículo cuando adelante a una bicicleta en una vía interurbana, ya que el conductor tendrá que circular, como mínimo, 20 kilómetros por hora (km/h) por debajo del límite establecido en ese tramo. Es decir, en una carretera convencional limitada a 90 km/h, el adelantamiento deberá hacerse como máximo a 70 km/h.

Esta modificación aparece en el Real Decreto 518/2026, después de aprobarse en junio y publicarse posteriormente en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El claro objetivo con la creación de estas nuevas normas, por parte de la Dirección General de Tráfico (DGT) es reducir el riesgo que afrontan los ciclistas cuando comparten carretera con vehículos motorizados. Cabe destacar, que los cambios comenzarán a aplicarse el 1 de octubre.

Cinco metros de margen en ciudad

Sin embargo, no solo habrá modificaciones en la velocidad. Los vehículos que circulen detrás de un ciclista por el mismo carril deberán mantener una separación mínima de cinco metros. Esta distancia se suma a las condiciones que ya existen para adelantar a bicicletas dentro de las ciudades. Además, en ciertas carreteras seguirá siendo obligatorio cambiar completamente de carril para realizar el adelantamiento, mientras que también continuará vigente la separación lateral mínima de 1,5 metros.

En este sentido, las sanciones por incumplir las normas de adelantamiento a ciclistas seguirán siendo elevadas, según explica la propia DGT en su página web. Este tipo de infracciones se consideran graves y conllevan una multa de 200 euros, mientras que también podría suponer la retirada de seis puntos del carnet. A partir de octubre, estas mismas consecuencias se aplicarán cuando no se respete la nueva reducción de velocidad, o la nueva distancia de seguridad establecida en ciudad.

Nuevas obligaciones para los ciclistas

No obstante, la nueva normativa no solo afecta a los conductores. Los propios ciclistas también tendrán que cumplir nuevas obligaciones, entre ellas el uso del casco en las vías interurbanas sin las excepciones anteriores. Además, los repartidores que utilicen bicicletas durante su trabajo tendrán que llevar casco de protección y chaleco reflectante. Asimismo, incumplir estas obligaciones, podría significar también una sanción de 200 euros. La reforma busca aumentar la protección de todos los usuarios implicados en estas situaciones.

También habrá cambios en la posición que deben ocupar las bicicletas. La normativa establece que los ciclistas deberán circular preferentemente por el centro del carril, con el objetivo de ganar visibilidad frente al resto del tráfico. A su vez, los ayuntamientos podrán autorizar la circulación de bicicletas en ambos sentidos en determinadas calles de un único carril y con velocidad máxima de 30 km/h.

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