Espacio de opinión de Canarias Ahora
Privatización de las Cajas
Cierto es que en el conjunto de Europa tampoco se han dado pasos significativos para incrementar la regulación del sistema financiero en la línea que señalaba, al contrario de lo que ha hecho Obama -aunque partiendo de peores circunstancias- en el epicentro del capitalismo, adoptando medidas que, aunque recortadas por el Congreso, tratan de establecer nuevos elementos de regularización tras el 'todo vale' de nefastas consecuencias instaurado y consolidado por la era liberalizadora de los gobiernos Reagan y Bush.
Único acuerdo PP-PSOE
El Congreso ha sacado adelante la convalidación del Real Decreto-Ley de órganos de gobierno y otros aspectos del régimen jurídico de las Cajas de Ahorros. Un decreto que, curiosamente, es fruto del único acuerdo relevante al que han llegado PSOE y PP para actuar ante la crisis económica. El mismo supone, como señalaba anteriormente, la mayor transformación que han sufrido las Cajas en toda su historia, siendo el principio del fin de las Cajas tal y como hoy las conocemos. Se opta claramente por la privatización de estas entidades parapúblicas, caminando hacia su bancarización. Se trata de privatizar un pastel de 1,1 billón de euros, que son los activos de estas instituciones y que suponen más del 50% de todos los depósitos de ahorro del Estado. Para calibrar la magnitud de esta cifra baste decir que es superior a todo el PIB de España en el año 2009. En Canarias, los activos de las dos cajas rondan los 22.000 millones, superior a la mitad del PIB canario de 2009.
Se aprueba como Decreto-Ley, sin posibilidad de debate sobre un asunto tan relevante ni en el Parlamento (donde sólo se ha convalidado) ni en la sociedad. Creo que se debía haber tramitado, como mínimo, como proyecto de ley, para que los grupos parlamentarios pudieran enmendar el Decreto y se pudiera opinar sobre el mismo. Se hace, además, apenas unas semanas después de finalizar el plazo para realizar fusiones o crear un sistema institucional de protección (SIP) entre las Cajas acudiendo a la financiación del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB). Debió ser al contrario, primero publicar este Decreto y, con esta novedad de poder privatizar las Cajas, realizar los procesos de fusión o alianzas en SIP (“fusiones frías”) pues la realidad no es ahora la misma. Máxime porque este Decreto-Ley, en su art. 5 exige, con carácter previo al abandono de un SIP por cualquier caja integrante, una valoración del Banco de España tanto de la viabilidad individual de la entidad que pretenda abandonarlo, como la de esté último y la del resto de las entidades participantes tras la pretendida desvinculación. Y ya sabemos que el Banco de España es el principal impulsor de la concentración de las Cajas y, también, de este proceso de privatización, por lo que no permitirá ninguna vuelta atrás de los procesos ya realizados aunque estos SIP tomen decisiones de privatización que alguna de las Cajas integrantes no compartan.
Privatización
El Decreto-Ley permite privatizar una Caja con el argumento de su capitalización. La actual Ley de Cajas ya posibilita emitir cuotas participativas adquiridas por inversores que dan derechos económicos (renumeraciones de esas participaciones) pero no conceden derechos políticos en los órganos rectores de las cajas. Ahora se les permite emitir cuotas participativas (acciones) a suscribir por inversores privados con representación en los órganos rectores directamente proporcional al porcentaje que las acciones supongan sobre el patrimonio.
Igualmente, no hay limitación alguna a la entrada de capital privado en las Cajas. Si este supera el 50% de las acciones, la Caja deja de ser tal, actuando como banco, transformándose la Caja en una “fundación de carácter especial”. Si no supera el 50% seguirá funcionando como Caja, teniendo no obstante la posibilidad de ceder todo su negocio financiero a un banco, ya sea de nueva creación o no. Asimismo, se permite que un sólo inversor pueda tener el número de cuotas (acciones) que desee, con lo que en caso de que tuviera el 50% de una Caja (e incluso con menos) tendría su control total, ya que el otro 50% estaría distribuido entre representantes de las corporaciones municipales, de los impositores, de los empleados y de entidades representativas de intereses colectivos.
Y esto no es un futurible. Hace unos días, Banca Cívica, de la que forma parte Cajacanarias, ha llegado a un acuerdo con un fondo de inversiones estadounidense, J.C. Flower, por el cual emitirá bonos convertibles en acciones por valos de 450 milones de euros de su capital, inicio del proceso de la privatización de esta entidad.
Se premia a los bancos y se acaba, al mismo tiempo, con la diversidad de nuestro sistema financiero, integrado por Cajas y bancos, poniendo todos los huevos en la misma cesta, desapareciendo las actuales entidades parapúblicas, lo que hasta ahora ha posibilitado una mayor diversidad frente al riesgo del sistema financiero.
Además, y como bien señala Antón Costa, catedrático de Política Económica de la Universidad de Barcelona, nos encontramos ante la segunda gran privatización, tras la que hizo Aznar con las empresas del INI (Iberia, Telefónica, REPSOL, etcétera). Aunque esta es de mayor envergadura, Porque, como destaca Costa, “la obra social de las Cajas reparte un dividendo social mayor que el monto total de las retribuciones que todos los bancos de España dan a sus accionistas”.
Instituciones públicas
El Decreto disminuye, asimismo, la participación de las instituciones públicas en los órganos rectores de las Cajas y prohíbe la presencia de representantes de los ciudadanos. Reduce la presencia de las administraciones en los distintos órganos de decisión de las Cajas hasta un máximo del 40%, frente al 50% actual. Es decir, si una institución pública adquiriera acciones emitidas por una Caja por el 60% sólo podría tener el 40% del consejo de administración, caso que no ocure con un inversor privado, que con el 50% de las acciones suscritas tendría una representación del 50% en los órganos rectores, penalizando claramente a la parte pública.
Se prohíbe, asimismo, que los representantes de las administraciones en los órganos rectores sean cargos electos y altos cargos políticos. No pueden ser los concejales, que son cargos elegidos, pero sí un reconocido empresario, un abogado o un militante del partido nombrado por la propia corporación municipal. ¿Por qué razón alguien que se representa a sí mismo va a representar mejor los intereses ciudadanos, el interés general?
Por último, no se garantiza la continuidad de la Obra Benéfico Social, incluso en las entidades donde la privatización no supere el 50%. Primero, porque al tener que renumerar a los cuotapartícipes privados el margen de beneficios para dedicar a este asunto disminuirá; y, segundo, porque no existe en el Decreto ninguna obligatoriedad de destinar un mínimo de los beneficios a este fin. Actualmente, la Caja Insular de Ahorros dedica un 32% de los beneficios a la obra benéfico social y, en general, las Cajas disponen de un mínimo de un 20% de beneficios a tal finalidad.
En definitiva, retrata claramente la orientación general de este Decreto-Ley este olvido de establecer un porcentaje mínimo para la obra social. Corolario de un decreto muy negativo y contrario al interés general. Y que se inscribe en el marco del giro liberal del Gobierno de Zapatero y del empeño en que paguen la crisis quienes no la han causado, como ocurre en este caso con las Cajas en beneficio de los bancos.
Román RodrÃguez
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