A propósito de 'Entre Escila y Caribdis' de De la Quadra

Santiago Pérez

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Estas reflexiones -me resulta casi ocioso reseñarlo- parten del respeto que siento por Tomás De La Quadra como jurista y como persona.

Ese respeto no me exime del deber de opinar sobre su último artículo, Entre Escila y Caribdis, sobre el que tengo serias discrepancias.

Es de agradecer que, casi desde el inicio, reconozca que su “posición contraria a la amnistía… se basa en consideraciones políticas”. 

Pero el artículo utiliza argumentos o ,simplemente, aseveraciones jurídicas que no me parecen constitucionalmente fundadas. Una de ellas es la de dar como establecido que tendría que condicionarse  la amnistía -“si se avanzase por esa desaconsejable senda”-   a  la expresa renuncia a la unilateralidad en las causas en marcha. 

No existe el menor obstáculo constitucional a la concesión de la amnistía mediante una decisión del poder legislativo en representación de la soberanía popular, ni tiene la menor base en la Norma Fundamental el requisito de condicionarla a la renuncia a la vía unilateral. Y, como he tratado de argumentar en el artículo “¿Y si vuelven a repetir el Procés?, el poder legislativo no tiene más limitaciones que las establecidas en la Constitución, que en ningún caso pueden interpretarse extensivamente. No existen, pues, ni obstáculos ni condicionamientos constitucionales.

De la Quadra pone particular énfasis en aseveraciones de como la de de que la concesión de la amnistía puede llegar a suponer una justificación de los hechos amnistiados, o la de que implicaría el blanqueamiento de Puigdemont, así como la de revestir de proeza la conducta de quien no ha pasado ni un solo día en prisión, redimiéndole   ante los suyos. Son meras, y discutibles, consideraciones políticas situadas más  en el terreno de la suposición que en el de la realidad.

Por el contrario, creo que antes de hacer este tipo de afirmaciones-suposiciones habría que reconocer (como el propio De La Quadra constata), que los ideales independentistas, constitucional y democráticamente legítimos, hoy no los comparte “una mayoría de los ciudadanos que viven en Cataluña”.

Si esto es así, y si además Puigdemont tiene que afrontar la competencia de ERC, cuyo principal dirigente, Oriol Junqueras, sí asumió las consecuencias de su papel en el quebrantamiento del orden constitucional, no logro entender cuál es el fundamento de los temores y suposiciones de Tomás De La Quadra.

Mantengo, y lo he venido haciendo desde entonces, que el Estado tenía el deber de activar todas las medidas previstas en el ordenamiento jurídico para afrontar los hechos del Procés: tanto la aplicación del art. 155 (coacción federal) para restablecer el orden constitucional  como la aplicación de las leyes penales. Pero no comparto esa relación de causa/efecto entre la concesión de una amnistía, cuyos términos y justificación no se conocen, y la ofensa que sentirán (mos) quienes pensábamos y pensamos que el Estado de Derecho no podía  no aplicar medidas constitucionales o legales frente al Procés y a sus autores, a menos que dejara de ser eso: un Estado de Derecho. Porque una cosa es la defensa del Estado de Derecho y otra que las consecuencias de una crisis como la del Procés se puedan  resolver solamente  con la estricta aplicación de las Leyes.

Y una última consideración: De la Quadra afirma taxativamente que la concesión de esa medida de gracia debe hacerse desde una posición de poder porque es la única garantía de que sirva para restablecer la convivencia;  y que conceder la amnistía a cambio de investidura con los grupos parlamentarios de los amnistiados es hacerlo en condiciones de debilidad. 

Me parece que la fortaleza o debilidad de quienes decidan -y cuenten con los apoyos parlamentarios-  conceder la amnistía deben  valorarse tomando en cuenta muchos más factores: el contenido y la justificación de esa amnistía; los efectos positivos en la normalización de la convivencia y en el funcionamiento de la vida institucional a los que palpablemente han contribuido los indultos; y la “correlación de fuerzas” ya reflejada en sucesivas elecciones, como  mejor termómetro democrático de la debilidad o la fortaleza de los diferentes actores…Y estos reiterados resultados electorales valen también respecto a los temores de un reemprendimiento de vías unilaterales.

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