Elecciones en las Cámaras de Comercio el 20 de mayo
La Consejería de Empleo, Industria y Comercio ha convocado las elecciones para la renovación de los órganos de gobierno de las Cámaras de Comercio para el próximo día 20 de mayo, según informa en un comunicado.
El Boletín Oficial de Canarias publica este miércoles la convocatoria para las elecciones para la renovación de los órganos de gobierno de las Cámaras Oficiales de Navegación, Industria y Comercio de Las Palmas, Santa Cruz de Tenerife, Fuerteventura y Lanzarote, cuya fecha se ha fijado en el día 20 de mayo de este año, en horario de 10.00 a 20 horas.
Con el objetivo de facilitar la participación de los empresarios en este proceso electoral, la Consejería de Empleo, Industria y Comercio ha establecido once colegios electorales: tres en Gran Canaria, tres en Tenerife y uno en cada una de las islas restantes.
De esta manera, la Consejería impulsa la descentralización del voto en las dos islas mayores para dar las máximas facilidades a los empresarios del Norte y Sur de Gran Canaria y Tenerife a la hora de ejercer su derecho al voto, evitando así que deban desplazarse hasta una única sede.
En Gran Canaria los tres colegios electorales estarán situados en Las Palmas (Infecar), San Bartolomé de Tirajana y Santa María de Guía.
En Tenerife, los empresarios podrán ejercer su derecho al voto en la sede de la Cámara de Comercio, en Santa Cruz, y en las sedes de las Antenas Locales, ubicadas en los municipios de Arona y Puerto de La Cruz.
En Lanzarote, el colegio electoral estará situado en el Archivo Histórico del Ayuntamiento de Arrecife, en Fuerteventura, se situará en Puerto del Rosario y La Gomera, La Palma y El Hierro, los empresarios podrán acudir a votar a las oficinas de las delegaciones que la Cámara de Comercio de Santa Cruz de Tenerife tiene en cada isla.
El voto por correo está regulado por un convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, al que se han adherido la Consejería de Empleo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias y las cuatro cámaras de comercio de Canarias.
Este convenio establece que los electores que prevean que en la fecha establecida para la celebración de la votación no podrán ejercer su derecho personándose en el colegio electoral, podrán emitir su voto por correo, previa solicitud la cámara correspondiente.
Para ello, el elector deberá formular la solicitud dentro de los diez días siguientes al de la publicación de la convocatoria de las elecciones, bien ante la propia cámara o bien remitiéndola por correo certificado y urgente a través de cualquier oficina de correos.
La documentación electoral que las cámaras de comercio remitan a los peticionarios del voto por correo, se cursará y distribuirá como Postal Exprés con entrega exclusiva al destinatario, a diferencia de anteriores procesos electorales, en los que podía recibir dicha documentación el elector peticionario un representante que designara al efecto.