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Investigan a un conductor de camión que quintuplicaba la tasa de alcohol permitida tras volcar en Almudévar (Huesca)

Vehículo accidentado

ElDiarioAragón

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La Guardia Civil investiga a un conductor profesional que quintuplicaba la tasa máxima de alcohol permitida después de sufrir un siniestro vial con un camión en la carretera N-330, en el término municipal de Almudévar (Huesca). El hombre, de 63 años y vecino de Huesca, resultó herido leve en el accidente y fue trasladado al Hospital Universitario San Jorge de Huesca. El siniestro se produjo durante la noche de mediados de septiembre en la N-330, entre las localidades de San Jorge y Almudévar, cuando el vehículo articulado circulaba en sentido Francia. Por causas que todavía se investigan, el conjunto articulado se salió de la vía por el margen izquierdo, chocó contra la barrera de protección situada en el lateral de la calzada y terminó volcando sobre su costado izquierdo.

El vehículo quedó en su posición final ocupando casi toda la plataforma de la carretera, lo que obligó a cortar la circulación. Hasta el lugar del accidente se desplazaron una patrulla del Destacamento de Tráfico de la Guardia Civil de Huesca, efectivos del Equipo de Investigación de Siniestros Viales (EIS) del Subsector de Tráfico de Huesca, con base en la misma localidad, y servicios sanitarios y de auxilio.

En el lugar de los hechos, los agentes realizaron al conductor las correspondientes pruebas de alcoholemia en aire espirado. El resultado fue de 0,83 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, una tasa que supera en más de cinco veces el límite establecido para los conductores profesionales, fijado en 0,15 mg/l.

La elevada tasa detectada cobra especial relevancia al tratarse de un conductor profesional que circulaba al mando de un vehículo articulado de gran tonelaje, cuyas dimensiones y características pueden aumentar las consecuencias de una pérdida de control o de una maniobra incorrecta. El camión transportaba lejía, aunque el vuelco no provocó ningún derrame de la carga. Según la Guardia Civil, esta circunstancia permitió evitar una situación adicional de riesgo tanto para los usuarios de la vía como para el medio ambiente.

A raíz del resultado de la prueba de alcoholemia, los agentes procedieron a investigar al conductor como presunto autor de un delito contra la seguridad vial por conducir un vehículo a motor bajo la influencia de bebidas alcohólicas y con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 mg/l.

Más de 40 horas con la N-330 cortada

El siniestro obligó a mantener cerrada la N-330 durante más de 40 horas. La posición del vehículo sobre la calzada y las labores necesarias para retirar tanto el camión como la carga impidieron recuperar la circulación con normalidad hasta las 15.30 horas del 16 de septiembre, cuando la carretera pudo ser reabierta.

Durante el tiempo que permaneció cortada la N-330 se establecieron desvíos alternativos para los vehículos en las salidas 332 y 342 de la autovía A-23, en ambos sentidos de circulación.

El conductor investigado, que resultó herido leve como consecuencia del accidente, fue evacuado por los servicios sanitarios al Hospital Universitario San Jorge de Huesca.

El Equipo de Investigación de Siniestros Viales con base en Huesca del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil instruyó las correspondientes diligencias, que fueron remitidas a la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia. El conductor deberá personarse ante la autoridad judicial cuando sea requerido.

Hasta cuatro años sin permiso de conducir

El artículo 379.2 del Código Penal establece que conducir un vehículo a motor o ciclomotor con una tasa de alcohol superior a 0,60 mg/l en aire espirado constituye un delito contra la seguridad vial. Esta conducta puede ser castigada con una pena de prisión de tres a seis meses, una multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.

En cualquier caso, la condena lleva aparejada la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante un periodo de más de un año y hasta cuatro años, en los términos establecidos por el Código Penal.

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