Lucas Bravo de Laguna insiste en pagar su defensa con fondos públicos

El Ayuntamiento de Santa Brígida ha recurrido la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Las Palmas de Gran Canaria por la que se declaraba nula la resolución del consistorio del 2 de abril de 2008 para designar a una abogada y un procurador para defender el derecho al honor del alcalde, Lucas Bravo de Laguna, y de los concejales de Los Verdes Amalia Bosch y Emilio Ventura, por comentarios vertidos en el blog de la edil Victoria Casas.

La sentencia estimaba que el derecho al honor es de carácter personal y que, “en ningún caso”, la resolución trataba de defender los intereses generales del Ayuntamiento.

La defensa del alcalde satauteño ha decidido presentar un recurso de apelación al considerar que “los insultos o vejaciones” vertidos en el blog de Casas contra Bravo de Laguna “no lo son por su condición de vecino o ciudadano, sino por su condición de cargo público”.

Así, el abogado Rafael Trujillo solicita que se equipare la figura del dirigente popular a la de los funcionarios públicos. “La defensa al honor de quein ha sido vilipendiado por tal condición de funcionario debe acogerse dentro del marco contemplado en la LBRL (Ley de Bases de Régimen Local) y en el propio convenio colectivo, así como en el Estatuto Básico del Empleado Público”.

La sentencia señalaba que el convenio colectivo del Ayuntamiento de Santa Brígida se refiere a la “asistencia jurídica, pero no a la defensa y representación en juicio, por lo que en el mismo no se establece que el Ayuntamiento deba sufragar esta clase de gastos”.

Sin embargo, para el letrado defensor de Bravo de Laguna, esta es una interpretación errónea, ya que “el término asistencia jurídica, en su significado genérico posibilita la postulación y la representación en juicio, por cuanto una persona está asistida jurídicamente cuando tiene abogado que le defienda”.

Por último, considera que el conflicto con Victoria Casas no deriva de confrontaciones políticas, sino de “actuaciones totalmente particulares y domésticas”.

Hasta el momento, la Justicia se ha manifestado en dos ocasiones de forma favorable a la concejal Casas a propósito de los comentarios en su blog. En la primera de ellas, los magistrados absolvieron a la edil nacionalista al considerar que no vulneró el derecho al honor del alcalde.

Las descalificaciones vertidas por los lectores del blog contra Lucas Bravo (se le llega a decir “golfo”, “tonto”, “gambero”, “mentiroso”, “bellaco”, “estafadores”), si bien a simple vista son expresiones de carácter ofensivo e incluso injuriosas, “no pueden ser tomadas aisladamente”, ya que, a juicio de los magistrados, “la ponderación jurídica aconseja alejarse de una concepción abstracta del lenguaje en beneficio de una concepción pragmática y relacionar el lenguaje en el contexto”.

Etiquetas
stats