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Pillados casi 2.000 infractores del estado de alarma en Las Palmas de Gran Canaria

Efectivos del Ejército de Tierra patrullan por la playa de Las Canteras.

Efe

Las Palmas de Gran Canaria —

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La Policía Local de Las Palmas de Gran Canaria ha tramitado en una semana 538 denuncias relacionadas con incumplimientos de las restricciones decretadas en virtud del estado de alarma vigente en España desde el pasado 15 de marzo por la pandemia de coronavirus COVID-19.

El cuerpo de seguridad local ha informado este martes de que en esta primera semana de estado de alarma ha identificado a 1.914 personas en distintos controles llevados a cabo en la vía pública y establecimientos que permanecen abiertos.

Estas actuaciones se enmarcan en los controles que lleva a cabo la Policía Local, en coordinación con el resto de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, desde que el Consejo de Ministros aprobara, el pasado 14 de marzo, el estado de alarma, en los que informa a la ciudadanía de las limitaciones de circulación en la vía pública y de la necesidad de evitar el tránsito de personas en casos no autorizados.

De las 538 personas denunciadas por incumplir estas restricciones, cuatro han sido detenidas por incurrir en un presunto delito de desobediencia grave, al negarse a colaborar con los agentes cuando estos les han solicitado que se identificaran y abandonaran la vía pública.

La Policía Local recuerda que mientras se encuentre vigente el estado de alarma la circulación por la vía pública en casos no autorizados implica una sanción por infringir la ley de protección de la seguridad ciudadana, cuya cuantía mínima es de 601 euros. En el caso de desobedecer gravemente las instrucciones de los agentes, el delito de desobediencia grave implica penas de hasta un año de prisión.

El cuerpo de seguridad local ha recordado que la circulación por las vías y espacios públicos debe realizarse de forma individual, salvo para acompañar a menores, mayores, personas discapacitadas u otras causas debidamente justificadas, como es la adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad, la asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios, desplazarse para ir a trabajar o retornar al lugar de residencia habitual.

También están permitidos los desplazamientos que se realicen para asistir y cuidar a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables, acudir a entidades financieras y de seguros y por causas de fuerza mayor o situaciones de necesidad, agrega la nota. 

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