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Los abogados anuncian acciones contra el Gobierno

La Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Las Palmas ha anunciado este sábado su decisión de “ejercitar cuantas acciones legales sean procedentes en defensa de los intereses de nuestra corporación y de nuestros colegiados”, a raíz del conflicto abierto con el Gobierno de Canarias por el servicio de Turno de Oficio, calificado por la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad de “error de interpretación” de los abogados en días pasados.

En una nota oficial emitida este sábado [léala íntegramente pinchando aquí], el Colegio indica que “apoyará a todos nuestros colegiados adscritos al turno de oficio en todas aquellas reivindicaciones legítimas, justas y razonables y medidas que adopten en la consecución de este lícito fin”, además de “pedir excusas a la ciudadanía por los perjuicios que podamos causarles en la defensa de los intereses de esta corporación y de nuestros colegiados ante lo que consideramos una vulneración arbitraria de la legislación vigente por parte de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias”.

La Junta de Gobierno explica que “el acuerdo de colaboración en materia de asistencia jurídica gratuita, firmado el 7 de junio de 2010 con los Colegios de Abogados de Las Palmas, Lanzarote y La Palma, quedó sin efecto sustancialmente con la entrada en vigor, al día siguiente de su publicación, de la Orden de 29 de julio de 2010, por la que se establecen disposiciones de módulos y bases de compensación económica de asistencia jurídica gratuita y se aprueban modelos normalizados, Orden precisamente dictada por la misma Consejería que ahora firma en dicha nota de prensa que se encuentra en vigor el acuerdo firmado en 2010”.

“Por ello” -añade la Junta de Gobierno en su nota oficial- “al entrar en vigor la Orden del Gobierno de Canarias a la que se ha hecho mención, se deja sin efecto de forma sustancial y en lo que se refiere a la nota de prensa, el contenido referenciado, ya que la Orden, amén de su jerarquía normativa, es de aplicación en todo el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias”.

El Colegio de Abogados no comparte la afirmación del Gobierno de que ha realizado “una errónea interpretación de dicho acuerdo”, ya que “el artículo primero de la Orden de 29 de julio de 2010 establece la actualización de módulos y bases de compensación económica de asistencia jurídica gratuita”. Y los detalla:

“A) Se aprueban los módulos y bases de compensación económica de abogados y procuradores por la actuación en el turno de oficio y asistencia jurídica gratuita que se insertan como Anexo Primero a la presente Orden.

En citado Anexo Primero y respecto de los servicios de guardia se distingue entre asistencia ordinaria al detenido, servicio de guardia ordinaria y servicios de guardia para juicios rápidos, asignándole a cada uno una base de compensación económica diferente, 99,28 euros para el primer supuesto, 208,55 euros para el segundo y para el último servicio 353,64 euros, por lo que se deduce claramente que no hay interpretación errónea alguna por parte del Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas“, continúa la nota oficial.

Además, el Colegio de Abogados puntualiza a la Consejería acerca de su afirmación sobre pagos de los juicios rápidos por parte de otros colegios, y manifiesta “de forma enérgica y contundente que el Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas realiza las liquidaciones correspondientes a los módulos y bases de compensación económica de asistencia jurídica gratuita, conforme a lo establecido en la Orden de 29 de julio de 2010, esto es, conforme a lo establecido legalmente por esa propia Consejería, sin que pueda apuntarse en modo alguno, como parece desprenderse de esta nota de prensa, que este Colegio de Abogados no realiza las liquidaciones conforme a la normativa vigente aplicable, sin que podamos entrar en lo que realizan otros colegios al respecto, dado que esta corporación solamente realiza las liquidaciones respecto de las actuaciones de nuestros colegiados”.

Asimismo, el Colegio muestra su “sorpresa e indignación cuando por parte de dicha Consejería se afirma que siempre ”ha mostrado su disponibilidad al diálogo“, porque en realidad ha sido que esta corporación ha tenido conocimiento de esta situación a través de comunicaciones de resoluciones administrativas, notificadas a este Colegio el 4 de marzo de 2011, sin que con anterioridad a esta fecha hayamos tenido noticia alguna acerca de la ”interpretación errónea“ a la hora de liquidar las actuaciones profesionales de nuestros colegiados”.

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