El Gobierno recula con su polémico decreto de dependencia y no caducarán las solicitudes si no responde a los seis meses

Una persona mayor pasea por el sureste de Gran Canaria.

Jennifer Jiménez

Las Palmas de Gran Canaria —

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Si solicitas la ayuda a la dependencia y el Gobierno de Canarias no te contesta en seis meses ya no caducarán las solicitudes, como pretendía la Consejería de Bienestar Social en su polémico decreto. En un principio, desde la Consejería se defendía que con esa medida se abría la posibilidad de que los usuarios podrían así interponer un recurso administrativo. Esta y otras medidas provocaron que el borrador en su fase de exposición pública recibiera numerosas alegaciones, entre ellas la de los colegios de trabajo social de las dos provincias que consideraron que era una “grave amenaza” y también por parte de los técnicos del área de Dependencia. 

Hace unos días, fue publicado un nuevo texto en el Portal de Transparencia tras las alegaciones recibidas, aunque el documento aún no está publicado en el Boletín Oficial de Canarias (BOC). En el nuevo texto se especifica que el plazo máximo para dictar resolución y para practicar su notificación será de seis meses. “En caso de que se supere el plazo máximo establecido para dictar resolución y practicar su notificación el silencio administrativo se entenderá estimatorio”. Esto no quiere decir que se conceda la ayuda a la Dependencia por silencio administrativo pero sí que no caduque como se pretendía en un primer momento. 

“La urgencia en la agilización del proceso no se acompaña de una adecuada financiación y mejora de los recursos humanos, lo que conlleva un riesgo evidente para la efectividad del sistema”, destacaron los colegios de Trabajo Social, que señalaron hace unos meses que “la propuesta actual podría bloquear el acceso al sistema y afectar negativamente a las personas solicitantes, lo que constituye una grave amenaza para su bienestar y derechos”. 

Ahora, en el nuevo texto se han introducido cambios. Por ejemplo, ya no aparece el reprochado “triaje”, es decir, que un profesional con formación sanitaria realice una valoración únicamente con la documentación aportada por ese posible beneficiario. La práctica de la valoración nos ha enseñado que, aunque las patologías recogidas en el informe de salud no hagan pensar que el solicitante pueda tener dependencia, puede ser que sí la tenga“, recordaban en su escrito de alegaciones el personal técnico. 

En el nuevo documento, la palabra triaje no aparece. Sí se habla de una Comisión Técnica de Valoración de la Dependencia, que estará integrada por un equipo multidisciplinar de carácter público. Será la encargada de colaborar y asesorar a las personas profesionales de la valoración en la elaboración del Dictamen-propuesta de la situación de dependencia en sus distintas exigencias, entre otras funciones. También ha decaído la propuesta de que la comunicación con el solicitante puede ser por vía telemática o que “si la persona no estuviera presente en la cita se le tendrá por desistida de su solicitud, salvo que acredite con anterioridad a la fecha de cita la imposibilidad de estar presente en esa fecha y solicite un cambio de la misma”. 

Otras cuestiones que sí que se han mantenido y que reprochaban los técnicos es que se tengan en cuenta los ingresos del cónyuge en el reconocimiento de la ayuda a la dependencia. “En la determinación de la capacidad económica del beneficiario se podrán tener en cuenta las cargas familiares. Se entenderá como renta personal, en los casos de beneficiario con cónyuge en régimen de gananciales o cuando se presente declaración conjunta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la mitad de la suma de los ingresos de ambos miembros de la pareja”, expresa el nuevo texto. En concreto, se tiene en cuenta los ingresos y patrimonio si es en régimen de gananciales del cónyuge, lo cual puede ser un agravio comparativo con quienes conviven sin estar casados o con régimen de separación de bienes. 

Profesionales que han leído el texto también se plantean qué ocurre con el artículo 9, que habla de la documentación necesaria. “En el caso de que la persona interesada no solicite expresamente ninguna prestación en concreto, la documentación necesaria para el reconocimiento de la prestación deberá aportarse a requerimiento del profesional del SAAD, en el momento de elaboración del Programa Individual de Atención”, expresa el texto, aunque surgen dudas sobre qué ocurre cuando el solicitante quiere cambiar la opción que reflejó en la solicitud en el momento del PIA. 

6.000 personas aún esperando

Según el último informe de la Asociación Estatal de Directoras y Gerentes en Servicios Sociales, Canarias ha mejorado en los últimos años en el desarrollo de sus servicios sociales. En el documento se subraya la “importante mejora” en Dependencia desde el año 2022 aunque también destaca deficiencias de su sistema como que sigue a la cola en profesionales de Trabajo Social, con un trabajador o trabajadora por cada 5.645 habitantes en Canarias, tres veces más que la media estatal que es de un profesional por cada 1.764 habitantes. La comunidad autónoma obtiene una puntuación de 5,33 en el llamado índice DEC (que mide el desarrollo y evolución de los servicios sociales). 

Pese a la mejoría aún hay 6.000 personas esperando por la ayuda pese a tenerla reconocida. Además, el Archipiélago cuenta con un importante déficit en plazas sociosanitarias y con algunas de las prestaciones como la teleasistencia.

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