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Sanción a Telefónica por dar de alta a un cliente sin permiso

La compañía Teléfonica Móviles deberá abonar 30.000 euros por haber dado de alta a un cliente de Santa Cruz de Tenerife sin contar con su permiso. El vecino acudió a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) para denunciar por estos hechos a la empresa, que a su vez no pudo aportar ningún tipo de documento que certificara que efectivamente el cliente había ofrecido su consentimiento para dar de alta esta nueva línea. Únicamente Teléfonica puso sobre la mesa un contrato con una firma que no correspondía a la del denunciante. Por todo ello, la Agencia para la Protección de Datos consideró que la compañía había incurrido en una falta considerada grave, cuya sanción oscila entre los 40.001 y los 300.000 euros.

Telefónica Móviles llevó a cabo esta contratación de la línea a través de otra empresa que tiene su sede en la calle Villalba Hervás de Santa Cruz de Tenerife pero utilizando la información que estaba depositada en su base de datos . Aunque el cliente poseía otra línea, la firma de ambos contratos no coincidían, con lo cual una de ellas estaba falsificada. Incluso Telefónica admite que este último extremo debe dilucidarse en la vía penal. En total este cliente vio como a su cuenta bancaria llegaron recibos durante varios meses por un valor total de 70 euros. Para la Agencia no quedan dudas de que todas las circunstancias mencionadas son “indicios que evidencian un tratamiento de datos sin el consentimiento del denunciante”.

Este organismo considera probado que el cliente nunca formalizó contrato alguno con la empresa para dar de alta esta línea, ni consintió en el tratamiento de los datos personalles. “Telefónica Móviles de España no ha presentado ninguna prueba que pueda evidenciar que contaba con el consentimiento del denunciante o relación contractual que le exima del mismo, ya que el contrato que se ha aportado tiene unas firmas que el denunciante no reconoce como propias”. Igual de grave resulta el hecho de que los datos de este cliente fuesen remitidos a un listado de morosos por negarse a pagar las facturas a pesar de la denuncia que había interpuesto previamente.

Aunque la sanción impuesta por la Agencia se encuentra dentro del arco de las consideradas leves, al estar por debajo de los 40.000 euros, es calificada de grave. El hecho de que se aminore la cifra a pagar es debido a que, tras la reclamación del cliente, se anularon las facturas en un breve plazo de tiempo y la ausencia de beneficios obtenidos y de perjuicios causados. Sin embargo, también se tuvo en cuenta el volumen de negocio de la compaía cifrado en algo más de 2.500 millones de euros y un resultado económico de casi 2.000 millones en el año 2010.

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