La justicia confirma la incompatibilidad del histórico dirigente de CC Ricardo Melchior para trabajar para Loro Parque

Ricardo Melchior en una instalación portuaria.

Efe/ Canarias Ahora

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La Audiencia Nacional ha rechazado la petición del expresidente de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife Ricardo Melchior de formar parte de Loro Parque Fundación por incompatibilidad, puesto que cuando era dirigente portuario autorizó al zoológico a ocupar un local en el muelle.

La petición de Ricardo Melchior ha sido rechazada debido a que la Audiencia Nacional estima que dicha actividad había sido declarada incompatible y, por lo tanto, considera la solicitud como “manifiestamente carente de fundamento”.

El histórico dirigente de Coalición Canaria (CC), que antes de su paso por la Autoridad Portuaria presidió durante catorce años el Cabildo de Tenerife, ya fue sancionado por una infracción muy grave de la ley que regula el régimen de incompatibilidades de los altos cargos de la Administración del Estado.

En concreto, la Dirección de Oficina de Conflictos de Intereses se pronunció en este sentido el pasado 31 de julio, por lo que ahora “no es posible iniciar un nuevo procedimiento de autorización”.

Melchior vulneró esta norma al incorporarse en abril de 2019, nueve meses después de abandonar la presidencia de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, a una empresa a la que había otorgado concesiones administrativas durante su etapa al frente del ente público. Ocultó a la Oficina de Conflictos de Intereses, dependiente del Ministerio de Política Territorial, que había aceptado la oferta del grupo turístico Loro Parque, que explota parques temáticos en la isla con animales en cautividad, para trabajar como directivo de su fundación. La Ley 3/2015 prohíbe a los altos cargos ejercer durante los dos años siguientes a su salida del puesto en entidades privadas que hayan sido afectadas por decisiones en las que hayan tenido algún tipo de participación. El Tribunal Supremo (TS) desestimó en 2021 el recurso presentado contra el acuerdo del Consejo de Ministros que lo inhabilitaba durante un lustro para ocupar un cargo en la Administración pública.

La cuestión de fondo es que cuando Melchior ocupó el cargo de presidente de la Autoridad Portuaria autorizó a Loro Parque a ocupar un local en el Intercambiador de Cruceros del Muelle de Enlace y a colocar un panel publicitario en el interior de la Terminal de pasajeros durante un año.

La razón es que trabajó para la Fundación un año después de cesar como presidente de la Autoridad Portuaria sin haberlo comunicado previamente, lo que va en contra de la ley reguladora de los altos cargos de la Administración del Estado.

Melchior recurrió el fallo judicial emitido a finales de 2021 por el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo que ratificaba esta incompatibilidad, pues meses antes el Tribunal Superior de Justicia de Madrid estimó el recurso de la Fundación contra la resolución del Ministerio de Función Pública.

Entonces el Tribunal, además de anular la orden, obligó a retrotraer las actuaciones para resolver las cuestiones de fondo, concretamente que Loro Parque es una empresa afectada por las decisiones que tomó Melchior cuando ocupó el cargo de presidente de la Autoridad Portuaria.

Pero la Audiencia Nacional se acaba de pronunciar ahora en el sentido de que si esta solicitud ya ha sido denegada en una ocasión “carece de fundamento iniciar una nueva”, aunque se deja abierta la puerta a que el conflicto se resuelva en vía administrativa y posterior recurso contencioso-administrativo, momento en el que se analizarán las peticiones de Melchior.

Ante la Audiencia Nacional, el expresidente de Puertos alegó que la sentencia apelada no entró a valorar los argumentos expuestos sobre las irregularidades del procedimiento y la conciliación de derechos que sufría, tal y como reconoció el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Melchior cree que se ha producido una contradicción entre esta última decisión, por un lado, y una resolución administrativa por otro.

El Abogado del Estado mantiene que no existe tal conflicto y la Audiencia le da la razón en cuanto respalda el fallo judicial que se oponía al inicio de un nuevo procedimiento judicial para que el expresidente entrara a formar parte de esta Fundación.

No obstante, la nueva sentencia no es firme y es posible recurrirla ante la propia Audiencia Nacional. 

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