Condenada a cuatro años la principal acusada de la trama inmobiliaria en Colindres, Laredo y Castro
La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado este lunes a cuatro años de prisión y al pago de una multa de 1.440 euros a la principal acusada de la trama inmobiliaria que adquiriría, con préstamos hipotecarios obtenidos de forma fraudulenta, viviendas que luego alquilaba y que dejaba de pagar las cuotas a los pocos meses de la firma en localidades como Colindres, Laredo y Castro Urdiales.
Además, su hijo, que estaba acusado de un delito de receptación por recibir los beneficios en sus cuentas bancarias, ha resultado absuelto.
Todo ello después de que ambos hayan llegado a un acuerdo el pasado miércoles que ha sido formalizado este lunes y por el que ella ha visto reducida la pena solicitada por la Fiscalía de diez a cuatro años.
Asimismo, también han sido condenadas otras ocho personas, todas ellas captadas por la principal enjuiciada cuando tenían dificultades económicas para que actuaran como compradoras de las viviendas.
En su caso, las penas oscilan entre los dos años y los diez meses de prisión, y entre 960 y 600 euros de multa.
Todos ellos, que llegaron a una conformidad el martes en el inicio del juicio, son autores de delitos continuados de falsedad en documento oficial y mercantil en concurso con un delito de estafa agravada, con la concurrencia de las circunstancias que atenúan su responsabilidad penal de dilaciones indebidas y confesión tardía.
En algunos de ellos también concurre la atenuante de reparación del daño debido a los acuerdos a los que han llegado con las entidades bancarias de dación en pago de los inmuebles de los que eran titulares.
Asimismo, el hijo de la principal implicada, como partícipe a título lucrativo, deberá responder de forma directa y solidaria, junto a algunos de estos enjuiciados, frente a las entidades perjudicadas --Bankinter, Caja Rural y Sabadell-- con un total de 56.638 euros.
Por su parte, el Banco Santander, que ejercía la acusación particular en este procedimiento y que ha suscrito la conformidad, ha hecho reserva expresa de las acciones civiles para su ejercicio en vía separada.
Hechos
Según el relato de hechos suscrito por todas las partes y que se llevará a sentencia, la principal acusada se encargaba de buscar los pisos, presentarse ante los vendedores como intermediaria inmobiliaria, guiar a los supuestos compradores --también acusados-- en todo el proceso de compra, elaborar la documentación falsa presentada a las entidades bancarias para la obtención de los créditos y administrar los beneficios.
Para la obtención de esos créditos, los ahora condenados “aportaban documentación de apariencia veraz”, si bien “no era más que una imitación de nóminas, contratos laborales o informes de vida laboral”, entre otros documentos, que elaboraba la principal condenada.
Esos documentos generaban “una imagen de solvencia que no se correspondía con la realidad, lo que provocaba que las entidades bancarias les concedieran una financiación, con el consiguiente desplazamiento patrimonial que nunca les hubiesen concedido de haber contado con sus datos reales”.
En las operaciones inmobiliarias formalizaban contratos de compraventa en los que se inflaba el precio de venta, haciendo constar en escritura pública una cifra, pero pagando en realidad a los vendedores una cantidad inferior que la financiación obtenida, con lo que se quedaban con la diferencia.
Los vendedores aceptaban que apareciese un precio inflado en el contrato “por la necesidad de vender sus inmuebles” y “eran totalmente desconocedores de las maniobras urdidas por la trama”.
Tras adquirir los inmuebles, los destinaban a alquiler y a los pocos meses dejaban de abonar las cuotas del crédito, “quedando las entidades bancarias con la única opción de proceder a la ejecución hipotecaria, con un inmueble sobrevalorado y un resultado incierto”.
La principal acusada controlaba las operaciones, mantenía el dominio efectivo de las viviendas adquiridas y distribuía el beneficio obtenido.
La mayor parte de ese beneficio llegaba a las cuentas de su hijo, quien desconocía los hechos delictivos, si bien “le generaron un enriquecimiento patrimonial injustificado”.
Ese es el motivo por el que es considerado responsable civil a título lucrativo de las cantidades pendientes de abono.
Finalmente, el resto de condenados son personas “en situaciones de dificultad económica que aceptaban figurar como compradores y solicitar los préstamos hipotecarios o personales con pleno conocimiento de que iban a obtener un beneficio ilícito”.
En total, se han documentado doce operaciones de compraventa de viviendas con garantía hipotecaria por las que obtuvieron 1,3 millones de euros, y siete créditos personales, por los que recibieron 194.000 euros.