De un calcetín negro a la banqueta de los acusados: la Audiencia de Badajoz condena a una pareja por tráfico de drogas tras un pacto
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Badajoz ha condenado a dos años de prisión a un hombre y a un año y seis meses de prisión a una mujer por un delito contra la salud pública en la modalidad de tráfico de drogas que causa grave daño a la salud. La resolución se ha dictado tras alcanzar un acuerdo de conformidad entre el Ministerio Fiscal y las defensas de los acusados, por lo que la sentencia es firme al haber manifestado las partes su voluntad de no recurrir.
Los hechos ocurrieron sobre las 18:00 horas del 17 de septiembre de 2024, cuando ambos procesados circulaban a bordo de un turismo Nissan Micra por la autovía A-5 a una velocidad excesiva. Agentes de la Policía Nacional dieron el alto al vehículo tras percatarse de maniobras extrañas. Durante el registro posterior, los agentes descubrieron en la ropa interior del varón un calcetín negro que contenía dos bolsas de plástico con cocaína. La sustancia estaba destinada a su distribución y venta en el mercado ilícito de la provincia de Badajoz.
En concreto, la primera bolsa albergaba un peso neto de 100,64 gramos con una pureza del 77,6%, valorada en 24.331,20 euros. La segunda bolsa contenía 100,35 gramos netos con una pureza del 86%, cuyo valor en el mercado ilícito ascendía a 26.890,17 euros. En total, la droga incautada superaba los 200 gramos y un valor de mercado de más de 51.000 euros.
Durante el juicio, el tribunal ha considerado al varón autor del delito, apreciando en su conducta circunstancias atenuantes analógicas relacionadas con su trastorno de la personalidad, TDAH y dependencia a las sustancias estupefacientes, puesto que cometió los hechos bajo los efectos de dichas sustancias con la capacidad mermada. Por su parte, la mujer ha sido condenada en concepto de cómplice, sin que concurrieran circunstancias modificativas de su responsabilidad penal.
Además de las penas privativas de libertad de dos años de cárcel para el hombre y un año y seis meses para la mujer, la sentencia impone a ambos una multa de 50.000 euros a cada uno, con una responsabilidad personal subsidiaria de dos meses de privación de libertad en caso de impago, así como el pago de las costas procesales por mitad y el comiso y destrucción de la sustancia estupefaciente intervenida.
Asimismo, la Sala ha acordado conceder a la condenada el beneficio de la suspensión de la ejecución de la pena de prisión por un plazo de tres años y medio, condicionada a que no vuelva a delinquir durante dicho periodo.