PP y Vox prohíben en Lorca tender ropa en balcones: multas de hasta 1.500 euros para “preservar la estética urbana”
Ni ropa tendida, ni bombonas de butano, ni colchones. El Ayuntamiento del municipio murciano de Lorca prohíbe los tendederos y otros enseres que puedan perjudicar la estética de las fachadas de sus edificios. La medida, impulsada por PP y Vox, multará con hasta 1.500 euros a los incumplidores. El alcance de la nueva norma va más allá de los balcones, también se castigará “toda clase de actos o conductas que afecten negativamente a las características estéticas de los inmuebles y del entorno urbano, provocando su degradación”.
La modificación se aprobó el pasado 27 de abril con los votos favorables de PP y Vox y la abstención de IU-Verdes y PSOE. El nuevo texto modifica la Ordenanza Municipal sobre Protección de la Convivencia Ciudadana y Prevención de Actuaciones Antisociales, vigente desde el año 2010: “Esta actualización normativa responde a una demanda creciente trasladada por vecinos, colectivos sociales y asociaciones ciudadanas, que vienen reclamando una regulación más concreta frente a situaciones que deterioran la imagen urbana y generan sensación de abandono en distintos barrios y zonas del casco urbano”, ha defendido el alcalde del municipio, el popular Fulgencio Gil.
Los residentes en Lorca tendrán un mes para retirar los elementos antiestéticos de sus fachadas. De no cumplir con la nueva normativa, podrán enfrentarse a sanciones por infracciones leves que oscilan entre los 151 a 750 euros, una cifra que asciende hasta los 1.500 euros en las faltas graves.
Entre las sanciones leves se contempla tender ropa en las barandas de los balcones o acumular enseres tales como “colchones, somieres, bombonas de butano así como cualquier otro elemento ajeno al uso propio de este espacio de la vivienda”. También hay normativa específica para los comercios, que deberán “retirar la cartelería, toldos, placas y banderolas” una vez hayan cesado su actividad.
Entre las graves ,figura la instalación de tendederos en la fachada principal de los edificios y la no retirada de aparatos de aire acondicionado o salidas de humos en las fachadas de los edificios que se encuentren en mal estado de conservación.
Ciudades como Madrid o Barcelona ya prohíben tender la ropa en los balcones de las fachadas principales de los edificios. En concreto, en la capital de España, la Ordenanza de Protección del Medio Ambiente Urbano establece que “queda prohibido tender ropa o cualquier otro objeto en las fachadas de los edificios que den a la vía pública”.