El Vaticano propone blindar en el Código de Derecho Canónico el nombramiento de mujeres y laicos como 'ministros'
Ya existen, pero necesitan ser reconocidos de manera oficial en el Código de Derecho Canónico, la ‘constitución’ que regula el gobierno de la Iglesia católica en todo el mundo. Y eso es lo que se vislumbra detrás del informe final de la Comisión canónica del Sínodo, que hace unos días hizo público la Santa Sede y que propone “una revisión integral” de la legislación eclesiástica para consagrar el liderazgo de laicos y mujeres en órganos de gobierno de la Iglesia.
Un proceso que ya arrancó Francisco, con el nombramiento de Simona Brambilla como primera mujer prefecta de la Vida Consagrada, la ‘jefa’ de todos los monjes, frailes y religiosas del mundo. Después, la siguieron Paolo Ruffini como primer laico al frente del dicasterio de la Comunicación; o Raffaela Petrini como 'alcaldesa' de la Ciudad del Vaticano. Ya con León XIV, Alessandra Smerilli fue nombrada ‘ministra’ de la Solidaridad del Vaticano, y la periodista laica Montse Alvarado se convertirá, en pocas semanas, en la nueva responsable de la comunicación vaticana. Este mismo jueves, Prevost nombraba a la religiosa irlandesa Mary Teresa Barron directora mundial de las Obras Misionales Pontificias, lo que la convierte en la máxima responsable del trabajo de centenares de misioneros católicos repartidos por el mundo. El sacerdocio, por el momento, parece vetado para las mujeres.
Sin embargo, el Derecho Canónico no acoge esta posibilidad de manera formal. De ahí la relevancia de las “Propuestas de modificación de los cánones relativos al Gobierno eclesiástico, a la participación de los fieles y la rendición de cuentas”, que así se llama el estudio sinodal.
Un informe que, bajo una pátina 'técnica', esconde un cambio fundamental en la estructura de Gobierno de la Iglesia, especialmente después de los furibundos ataques de los sectores rigoristas a la asunción de responsabilidades de los laicos, y las mujeres, en dicasterios y altas magistraturas vaticanas: las “propuestas de modificación a los cánones del Código relacionados con la capacidad de los laicos, hombres y mujeres, para ejercer en la Iglesia oficios, cargos y ministerios para los que resulten idóneos y competentes, incluso dentro del ámbito del gobierno eclesiástico”.
Y es que los trabajos de la 'comisión canónica' han tratado de “identificar en cuáles términos las adquisiciones teológicas y eclesiológicas del proceso sinodal podrían traducirse en normas canónicas, distinguiendo tres horizontes temporales”. A corto plazo, proponiendo “modificaciones específicas a la normativa vigente, que sean capaces de sostener de inmediato el desarrollo concreto de la vida eclesial”. A medio plazo, identificando “ámbitos” en colaboración con los dicasterios competentes. Y a largo plazo, con “la necesidad de una revisión integral de los dos Códigos de Derecho Canónico —el latino y el oriental— para incorporar las instancias teológicas y eclesiológicas que han surgido”.
El secretario general del Sínodo, el cardenal Mario Grech, define el Derecho Canónico como "la transposición a términos jurídicos de lo que, en cada época, la Iglesia percibe de sí misma y de lo que constituye el objeto de su fe, con las consiguientes repercusiones en la forma en que se realizan las relaciones humanas en su seno"
“Mientras la Iglesia en su conjunto se encuentra comprometida en una reflexión teológica y eclesiológica sobre su propia naturaleza sinodal, nos ha parecido importante iniciar también una reflexión sobre sus normas —los cánones— que sostienen su organización y las relaciones entre sus miembros”, explica el secretario general del Sínodo, el cardenal Mario Grech, que define el Derecho Canónico como “la transposición a términos jurídicos de lo que, en cada época, la Iglesia percibe de sí misma y de lo que constituye el objeto de su fe, con las consiguientes repercusiones en la forma en que se realizan las relaciones humanas en su seno”.
Así, la primera parte del documento contiene propuestas de modificación a los cánones del Código relacionados con la capacidad de los laicos, hombres y mujeres, para ejercer en la Iglesia oficios, cargos y ministerios para los que resulten idóneos y competentes, incluso dentro del ámbito del gobierno eclesiástico.
La segunda parte, en cambio, propone “una revisión en prospectiva sinodal de algunos cánones relativos a los Concilios particulares y a las Conferencias Episcopales, es decir, de aquellas instancias eclesiales responsables de la colaboración entre las Iglesias locales”. Finalmente, abordan los organismos de participación, ya establecidos en el Código, “pero propone modificaciones que potencian su dimensión participativa y su orientación misionera”.
El abuso espiritual, la puerta abierta a otros abusos
Junto a ello, la Santa Sede lleva meses estudiando la posibilidad de un nuevo cambio en el Código, para incluir el ‘abuso espiritual’ como un delito canónico, lo que afectaría a casos tan mediáticos como el del exjesuita Rupnik o, en España, escándalos como el de las Hijas del Amor Misericordioso o el Instituto del Verbo Encarnado.
Actualmente, el abuso espiritual no es un delito según el Derecho Canónico, aunque las víctimas existen, y cada vez son más reconocidas por las instancias eclesiásticas, como una vertiente del 'falso misticismo' que, en los últimos tiempos, se ha convertido en moneda de curso habitual a la hora de hablar de los abusos en la Iglesia, como formas de dominación que, en ocasiones, puede acabar en abusos sexuales o físicos. El poder, que en el caso de la Iglesia, es la fuente de todos los males.
¿Qué se considera abuso espiritual? Según los expertos, se trata del uso de la religión, las creencias o las prácticas espirituales para manipular, controlar, aislar o dañar a una persona
¿Dónde ocurre? En relaciones asimétricas de poder, como la relación entre un superior y un subordinado, un director espiritual y su dirigido, o un catequista y un niño. De ahí que, en muchos casos, un abuso espiritual pueda concluir con otro tipo de abusos, que sí están tipificados por el Derecho Canónico, y forman parte de esa “lacra sistémica” de la que habló León XIV tanto en España como en Francia, tras reunirse con víctimas de abusos.
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