Coalición Canaria recurre ante el Constitucional la 'ley mordaza'

El Tribunal Constitucional.

EFE

Madrid —

Coalición Canaria, junto a PSOE, Izquierda Plural, UPyD y Compromís-Equo, presentará este jueves ante el Tribunal Constitucional un recurso contra la Ley de Seguridad Ciudadana, en el que han participado varios colectivos, universidades y asociaciones de derechos humanos.

El recurso, al que no se han sumado otros partidos como CiU o el PNV aunque discrepen de la norma, se basa en la tesis de que la llamada 'ley mordaza' vulnera los derechos a la dignidad e intimidad de las personas, a la información y a la tutela judicial efectiva, y a los de reunión y de manifestación.

El texto del recurso, al que ha tenido acceso Efe, también discrepa de las llamadas 'devoluciones en caliente', al entender que se establece un sistema de devolución de los extranjeros que entran ilegalmente en España absolutamente “arbitrario” y que vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva contemplado en la Constitución.

Los recurrentes alegan que esta devolución impide a los inmigrantes detenidos en frontera ejercer su derecho de defensa y el acceso a los tribunales para tratar de conseguir su permanencia en el país.

Otro de los puntos de discrepancia es la limitación del derecho de información, al contemplar como falta grave el uso no autorizado de imágenes o datos personales de los miembros de las fuerzas de seguridad.

Consideran también los promotores del recurso que la ley permite también la “incautación y secuestro” del material informativo, lo que, a su juicio, vulnera de plano las previsiones constitucionales sobre el secuestro de información o de publicaciones, reservadas a la decisión judicial.

En el texto también se tacha de inconstitucional la posibilidad del registro corporal externo y superficial que, incluso, puede consistir en el desnudo total o parcial.

El derecho de manifestación y de reunión ocupa un espacio preferente en el recurso ante el Constitucional.

Alegan los partidos que lo secundan que la ley contempla como infracciones algunos supuestos pese a que no exista afectación a personas o bienes, o que puedan ser sancionadas personas que simplemente han participado en una concentración que no ha sido previamente comunicada.

Multas que se repiten también en las manifestaciones frente a las sedes del Congreso y del Senado y de las asambleas de las comunidades autónomas, aunque no estuvieran reunidas, o las alteraciones menores del tráfico.

Infracciones que, para los partidos, suponen una restricción al ejercicio del derecho de reunión “injustificada y desproporcionada”.

La ley, que entrará en vigor el 1 de julio, superó su último trámite parlamentario el 23 de marzo en el Congreso con el aval de los votos favorables del PP y en contra de toda la oposición, que ya advirtió durante su último debate que la derogaría si cambiaba el Gobierno.

Sucesora de la llamada “ley Corcuera” o de “la patada en la puerta” de 1992, la nueva norma prohíbe por ley las redadas policiales indiscriminadas o por razones étnicas, pero permite la identificación de las personas que tengan total o parcialmente cubierto el rostro con cualquier tipo de prenda.

Regula los cacheos y fija en un plazo máximo de seis horas el traslado y estancia en comisaría para la identificación de personas solo en supuestos excepcionales y cuando no sea posible acreditar esta identificación por medios físicos o telemáticos.

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