El auto de la Sala de lo Contencioso Administrativo de 11 de junio de 2008 que presentó Ruano el viernes existe, y en él, efectivamente, la Justicia le dice al Gobierno que no ha lugar a sus pretensiones de recibimiento de juicio a prueba, es decir, que se contradijera la cuantía y las valoraciones que para tal cuantía presentaba Bittini por Tebeto. Pero la Comunidad Autónoma, en su contestación a la demanda de Cabo Verde S.A., no presentó un solo documento, ni remitió a la Sala a alguno que obrara en el expediente administrativo que pudiera contradecir la valoración y las pretensiones del empresario. Eso lo ocultó el viernes Ruano, como ocultó el nada despreciable dato de que la Comunidad Autónoma no recurrió ese auto judicial. Es más, en su recurso de casación ante el Supremo, el Gobierno no alega indefensión por el rechazo de ese trámite, sino infracción de ley, en concreto de la del Régimen Jurídico de las Administraciones y del Procedimiento Administrativo Común.