Un error en el Ingreso Mínimo Vital deja a una mujer de Córdoba sin recursos con una nueva deuda de más de 23.000 euros
Ana tiene una deuda de 23.526 euros con la Seguridad Social a raíz de un error en la asignación económica que le correspondía del Ingreso Mínimo Vital. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) calculó la cuantía económica en base a que su hijo convivía con ella, pese a que el menor estaba bajo la tutela de los servicios sociales un año antes de que se le aprobara la ayuda. El desfase ha generado este agujero a la afectada que, con un 45% de grado de discapacidad y sin trabajo, ha alegado en varias ocasiones que desconocía que su hijo siguiera en el padrón con ella. Pide la condonación total de la deuda, ya que se enfrenta a un embargo de bienes aun cuando tiene acreditada su situación de exclusión social, con el riesgo a quedarse completamente desprotegida por el sistema.
Ana, quien prefiere guardar su identidad, es del pueblo de Bujalance, en Córdoba, y vive en la casa que heredó de sus padres cuando fallecieron. A través de una videollamada cuenta que está “desesperada” y pide que se examine de nuevo su caso. Todo comenzó cuando cambió su unidad de convivencia para incluir a su hermana en 2023 en el hogar que ahora comparten para cumplir con los requisitos del IMV, momento en el que la Seguridad Social hizo una revisión de oficio y se comprobó que durante 22 meses se había ingresado una cuantía superior a la que le correspondía.
El origen de todo el embrollo está en el padrón municipal: “No sabía que mi hijo apareciera en el registro conmigo y ellos tampoco lo comprobaron cuando me concedieron de oficio el ingreso en 2020. No verificaron los datos ni que estaba en el centro de menores desde un año antes”, explica. Con tres años a sus espaldas lidiando con las reclamaciones que han sido denegadas, acudió a un familiar que abonó unos 9.000 euros. “No puede hacer más por mí”, indica. Tras varios rechazos, la Seguridad Social le notificó el 22 de mayo de este año una resolución en la que que se le concede un aplazamiento por el pago de las deudas contraídas: de junio a diciembre de 2026 tendrá que pagar 853,5 euros en mensualidades de 142,25 euros. Luego, le quedaría a deber otros 11.862 euros, intereses incluidos.
“La Seguridad Social se equivoca”
“No voy a poderlo pagar, que fue lo que ya me sucedió con la primera parte. Tengo que bajar los gastos de la compra, la luz, el agua, ahora tengo termitas en el techo de casa de mis padres... Tengo una situación muy mala”, lamenta, gastos e imprevistos que tiene que afrontar con una pensión que ronda los 600 euros. El primer mes de pago es junio y comenta que lo más probable es que acuda a Cáritas para buscar algún tipo de apoyo con el que sobrepasar este bache: “Estoy esperando a que me den un abogado de oficio para pelear esto”.
Este hecho no es aislado, señala María Isabel Peláez Peña, coordinadora de la Comisión de los Servicios Sociales del Consejo Andaluz de Trabajo Social, que contabiliza por “miles” las quejas atendidas. “La Seguridad Social se equivoca”, critica, “primero, te aprueban la ayuda y tiempo después hacen una revisión y se dan cuenta del error”. El Colectivo Afectad@s por el IMV lleva tiempo denunciando esta situación que afecta a cientos de familias que son incapaces de asumir una deuda de tal calibre y que ya ha posicionado al Defensor del Pueblo, quien ya en 2024 propuso que no se cobraran los pagos indebidos. En un comunicado emitido el 15 de mayo, la plataforma manifestaba que se trataba de “un problema de Estado en materia de protección social” y ya no se trataba de un hecho “aislado”.
Una de las coordinadoras del Colectivo Afectad@s, en respuesta a este medio, destaca que no hay datos oficiales sobre a cuántas unidades de convivencia han afectado los cobros indebidos del IMV desde 2022. En todo caso, se basan en los informes de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, que señala que las revisiones anuales de renta afectaron al 83% de los hogares perceptores ese año, al 65% en 2023 y al 68% en 2024, lo que incluye aumentos, reducciones, suspensiones, bajas y reclamaciones de reintegro.
“Si aplicamos los porcentajes de revisión, la cifra acumulada de unidades de convivencia afectadas por el sistema regularización del IMV desde 2022 estaría entre los 300.000 y 450.000 hogares”, detalla, y, según las estimaciones recogidas por la plataforma, situaría a Andalucía entre los 60.000 y 110.000 hogares afectados. “El Gobierno no ha facilitado hasta la fecha datos desagregados y transparentes sobre el número real de afectados por comunidad autónoma”, subraya, mientras sigue en curso la reclamación colectiva que admitió a trámite en junio de 2025 el Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) y fue presentada por ATD Cuarto Mundo, la Oficina Jurídica de Derechos Sociales y diferentes entes sociales.
Por su parte, Peláez Peña recomienda desde el Consejo Andaluz de Trabajo Social a los afectados por los fallos administrativos ir en primer lugar a una oficina de Hacienda y solicitar el fraccionamiento de la deuda en una cantidad manejable, a lo que le seguiría un escrito al Defensor del Pueblo Andaluz para que quede constancia de lo ocurrido. Además, indica que si los afectados tienen dificultades a la hora de acceder a los trámites pueden acudir a un punto Vuela, servicio que facilita el acceso a los recursos digitales. Si el IMV es denegado por impago de deudas, recuerda que con apoyo del trabajador social de referencia se puede solicitar la renta mínima de inserción. En Andalucía, la nómina del IMV llegó en abril a 818.528 personas, según la estadística de abril del INSS.
Tres meses para ingresar 10.000 euros
Retrotrayéndonos en el tiempo, el INSS procedió en 2023 a notificar a Ana la baja del IMV, justificándolo con que hubo un cobro improcedente entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de octubre de 2023 por un importe total de 10.962 euros, según la documentación a la que ha tenido acceso este periódico. Por este motivo, se le dio a la usuaria un plazo de tres meses para realizar el ingreso que, con el paso de los años, se ha convertido en los más de 23.000 euros. Pese a los informes sociales y sanitarios aportados, las alegaciones fueron desestimadas “al no constituir las mismas aval técnico-jurídico suficiente”, respondieron desde el INSS.
El único supuesto en el que se procedería a una condonación del 65% de la dita sería en el caso de que haya un menor a cargo, según explica el INSS en el escrito. En el caso de Ana no se cumple con este requisito, ya que su hijo quedó bajo la tutela de la Consejería de Inclusión Social en 2019 y, como única alternativa para resolver el trámite, se le indica el número de cuenta bancaria en el que tiene que abonar las mensualidades para rebajar la deuda.
En septiembre de 2025, la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social solicitó a Ana el pago de 17.301 euros, a los que sumó un recargo de 3.460 euros por el tiempo transcurrido y los intereses de demora devengados hasta esa fecha, lo que hizo un total de 21.032 euros. En menos de un año, la cantidad aumentó y se pasó a abrir una diligencia de embargo de bienes para compensar la deuda que ascendía a 23.526 euros, en la que se incluían las costas del procedimiento. Una vez más, la afectada presentó una diligencia con las escrituras del inmueble y explicó que el único bien que tiene es la casa de sus padres, por lo que se enfrentaba a un posible desahucio. Ante la urgencia, una familiar aportó un desembolso que aplacara la intervención en la propiedad.
Informes de salud mental y vulnerabilidad social
La última comunicación por parte de la cordobesa fue el 20 de febrero, donde ya no solo pedía que le perdonaran el desembolso en virtud de los informes de desarraigo social y exclusión económica presentados, sino que, como “mínimo”, se paralizara y estudiara su caso de forma pormenorizada, ya que lo único que recibía como réplica por parte de la Unidad de Recaudación Ejecutiva era “solo” un “documento de pago de deuda aumentada por los intereses”.
De esta forma, se ignoran los informes presentados desde enero de 2024, en los que se apunta que la afectada acude al servicio de salud mental desde hace siete años debido a un trastorno ansiosodepresivo, además de que padece una discapacidad mental leve, al igual que su hermana. Por tanto, el diagnóstico pone de relieve las serias dificultades que tiene para organizar varios aspectos de su rutina diaria, como puede ser el trámite de las prestaciones que requiere de una mayor atención a causa de la complejidad burocrática. A su vez, se refleja que se trata de una desempleada de larga duración y no cuenta con una red de apoyo, más allá de la intervención excepcional de su pariente, por lo que los ingresos son “insuficientes” y “apenas cubren las necesidades básicas”.
A tenor de lo sucedido, los servicios sociales recomendaron al INSS que atendiera a la condonación de la deuda “teniendo en cuenta la situación social, sanitaria y económica de exclusión social” y solventar a través de otros métodos, o “de la forma más positiva posible”, el conflicto entre las partes debido a que, a raíz de la “situación económica angustiosa e incierta” se estaba “agravando” el diagnóstico de la paciente. A lo comunicado por este expediente, se suma que el Instituto Provincial de Bienestar Social de Córdoba también acreditó en marzo de 2026 la situación de vulnerabilidad y riesgo de exclusión social que sufre la mujer.
Al cierre de esta edición, la Seguridad Social no ha respondido a las preguntas de este medio. Desde el Consejo Andaluz de Trabajo Social se pide a la administración una mayor rigurosidad a la hora de tramitar los expedientes del IMV para evitar el perjuicio para aquellos que más lo necesitan.