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Caso Elan: mentiras, soberbia, corporativismo, cobardía e impunidad
Un alumno TEA sufrirá un castigo ejemplarizante (no disfrutar de su viaje de Fin de Curso), sin mediar ningún expediente sancionador, y de forma completamente contraria al criterio del Diputado del Común, para que a ninguna otra madre se le ocurra difundir en redes sociales o a través de los medios de comunicación su opinión sobre la escolarización de su hijo.
La “marginación” de Elan F. en el CEIP El Tablero describe una historia de mentiras, corporativismo, soberbia, cobardía e impunidad que ensucia el buen nombre de la comunidad educativa canaria.
Mentiras
La definición que la propia Consejería de Educación del Gobierno de Canarias da a la Aulas Enclave (AE) sostiene que “se escolarizarán de manera preferente en las AE al alumnado con estas condiciones que pueda participar en actividades realizadas por el resto de escolares del centro”. El argumento reiterado por el equipo directivo, por el inspector de zona y por la Dirección General de Inclusión, que sostenían que Elan no podía ir al viaje de Fin de Curso porque pertenece al Aula Enclave y no a sexto de Primaria, se desliza como agua entre los dedos con sólo leer la definición.
Los informes elaborados por el inspector de zona sobre la actuación del equipo directivo del centro parten de una mentira principal, a la que se esfuerza en dar veracidad, aunque carezca de pruebas objetivas. De hecho, se basan en la literalidad de un escrito firmado exclusivamente por el equipo directivo, que eleva a la categoría de acta. Es decir, un acta falsa.
Ni el equipo directivo, ni la inspección educativa, ni la Consejería de Educación han demostrado la mentira sobre la que se sustenta este caso: que dieron alternativas de adaptación para el viaje del niño y que la madre las rechazó. Sin embargo, la documentación sí prueba que Irene se ofreció a ir al viaje para atender las necesidades especiales de su hijo, asumiendo los gastos y también la responsabilidad. En ese escenario ¿qué impedía que Elan asistiera con sus compañeros al Viaje de Fin de Curso?
El silencio de la Consejería fue abrumador desde que se difunde el video viral de Irene hasta que el 14 de noviembre, el director General de Ordenación de las Enseñanzas, Inclusión e Innovación, David Pablos, comparece en la Cadena SER para afirmar, con rotundidad, que el centro ha dado la opción de adaptar el viaje. “El centro no ha dicho que no. (…) Y el centro le propuso una adaptación del viaje a la madre y no quiso”. Se atrevió incluso a decir que fue el centro “quien le propuso a la madre que participara y que viajara”. Hasta este momento ni la Consejería, ni la inspección ni el equipo directivo han conseguido demostrarlo.
Soberbia
La soberbia del equipo directivo es la causa por la que Elan verá vulnerado su derecho a participar en una actividad extraescolar, que es lo que garantiza la normativa educativa. Irene, madre de Elan, fue citada a una reunión con el inspector de zona el día 15 de noviembre. En dicha reunión también estaba presente la secretaria del CEIP El Tablero. El acta, firmada por todos los presentes, recoge la exposición de la madre en esa reunión: “Estoy abierta a cualquier alternativa que se me plantee y que hasta el momento no se me ha planteado. Soy consciente de que elevar esto a los medios puede haberse visto como un error que nunca hubiera sucedido de haber tenido esas alternativas”. ¿Por qué la secretaria del centro firmó esa acta si lo que sostenía Irene era falso?
Es aquí cuando la soberbia se impone pues el acta recoge como acuerdo que “Para la iniciación del procedimiento, en aras de la búsqueda de un entendimiento, la madre se compromete a subsanar la lesión producida en los medios al CEIP El Tablero y a la directora, pero nunca faltando a la verdad de la madre”.
A partir de este momento, ya no se trataba de si el alumno tenía o no derecho, de si se dieron o no alternativas de adaptación para acudir al viaje. A partir de ese momento, la participación de Elan en el viaje pasa a estar condicionada a que su madre subsane una lesión que de ningún modo ha quedado acreditada. Irene salió feliz de la reunión porque se abría la posibilidad de que el niño pudiera ir al viaje, una posibilidad que no había tenido antes. Distribuyó un audio a los medios de comunicación, “sin faltar a la verdad de la madre”, pero no fue suficiente, a juicio de los ofendidos, para saldar la deuda. Irene, que ni ha sido denunciada ni ha sido condenada por difamar ni atentar contra el honor de nadie, pidió al inspector de zona, en una conversación telefónica, que le dictara lo que querían que dijera, pero no hubo respuesta.
Apenas horas después el Claustro del centro distribuyó un comunicado a los medios de comunicación explicando que no se daría lugar a la mediación porque la madre se había comprometido “a rectificar por las mentiras y disculparse con la directora por difamarla y atentar contra su honor”, algo que es, a tenor de la literalidad del acta, una gran mentira y demostración de la soberbia que reina entre el funcionariado educativo. También en sus informes, el inspector de zona reconoce que “no se ha comenzado el proceso de mediación al no haber cumplido Doña Irene V. I. el acuerdo suscrito”.
En su resolución, el Diputado del Común expone que “no se puede condicionar el acceso al viaje de fin de curso del menor por las actuaciones procedentes o improcedentes de la madre, tanto a través del centro, de los medios de comunicación como a través de la comisión de conciliación. El menor no es responsable de los actuaciones o declaraciones de la madre, como ciudadana y como responsable de la educación de su hijo”. A lo que yo añado que la exigencia, recogida en un documento oficial, firmado por dos funcionarios públicos, se parece mucho a la descripción del delito de coacción tipificado en el Código Penal.
Corporativismo
“Tiene todo nuestro respaldo el centro, y de manera particular la directora que ha sido señalada públicamente y nos parece gravísimo el señalamiento público que ha tenido lugar. Es una compañera, una trabajadora de la administración, y no podemos admitir este trato, no lo consentimos, y tiene todo nuestro apoyo”, dijo David Pablos en la radio.
Y el respaldo se mantiene, pese a que el Diputado del Común recomienda en su resolución “Que por esa Administración educativa se adopten las medidas que procedan para que el alumno Elan F., matriculado en el Aula Enclave del CEIP El Tablero, pueda asistir al viaje de fin de curso que realizará el alumnado de 6º de educación primaria del mismo centro educativo, al ser este su grupo de socialización durante el presente curso escolar 2023/2024”.
Esta es la conclusión a la que llega el Diputado del Común, después de acceder a los informes sesgados elaborados por el inspector de zona, y revisar la documentación aportada, que en ningún caso ha conseguido mantener los peregrinos argumentos de la administración educativa.
Cobardía e Impunidad
Ante la contundente resolución, la única respuesta que ha sido capaz de dar la Consejería de Educación es que no podía intervenir porque el caso está judicializado. Y así es. Para poder acceder a la argumentación que esgrimía tanto la Inspección Educativa como el equipo directivo, Irene presentó un contencioso administrativo a través del cual ha podido recabar la documentación que ya había pedido insistentemente, y sin respuesta, en el propio registro del centro, lo que nos lleva al abuso del silencio administrativo en el sistema educativo canario, pero de eso hablamos otro día…
Que el caso esté judicializado no impide a los responsables de la Consejería de Educación hacer su trabajo, que no es otro que, en consonancia con la resolución, garantizar el bien superior del menor, el derecho del alumno a la educación y la inclusión como se contempla en la LOMLOE.
El 15 de noviembre de 2023 la Consejería de Educación del Gobierno de Canarias aseguró que la Inspección Educativa había confirmado que las actuaciones del CEIP El Tablero fueron correctas y se descartaba la discriminación. Casi cuatro meses después, el 5 de marzo de 2024, el Diputado del Común de Canarias (nuestro Defensor del Pueblo) firmó una resolución específica sobre el Caso Elan en la que se recoge literalmente que La Inspección de Educación no puede dejar que un menor se vea marginado por su condición de TEA. Y no ha pasado nada.
El 23 de febrero, Irene V. comunicó por escrito, a todos los cargos intermedios de la Consejería de Educación desde la Inspección Territorial hasta el consejero de Educación, y también al presidente del Gobierno de Canarias, que se sentía coaccionada, que se supeditaba el bien superior de un menor a que ella se disculpara. Y no ha pasado nada.
Las familias somos miembros de la comunidad educativa en igualdad de condiciones que los docentes, el personal de administración y servicios y el alumnado. Somos madres y padres de la escuela pública donde el nombre de un director o directora no es un secreto de estado, en la que los gestores públicos deben aprender no sólo a dar explicaciones sino a encajar la crítica, y donde la inspección de zona debe ser neutral y garante de la legalidad vigente.
Porque conozco a Irene, y porque sé de la lucha de muchas madres para que las Aulas Enclave no sean guetos maquillados de inclusión e integración, sé que Continuará…
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