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Impuesto europeo de Sociedades, el REF canario y las manipulaciones de los de siempre

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Desde que el Parlamento Europeo votó en mayo de este año un “Informe” sobre la propuesta de aprobar una Directiva fijando un tipo mínimo del impuesto de sociedades  en toda la Unión Europea, Coalición Canaria (CC) no ha dejado de alentar alarma y desconfianza  entre la ciudadanía canaria. Para luego jinetear sobre esa alarma. Lo mismo de siempre.

Se aprovechan del desconocimiento que buena parte de las personas tiene sobre estas cosas para decir “el Gobierno de Pedro Sánchez vuelve a dar un golpe a nuestro Régimen Económico y Fiscal” (sesión de 26-mayo-22), como se atrevió a decir una portavoz de CC en el Parlamento de Canarias de-cuyo-nombre-no-puedo-acordarme.

Vamos a ver: 

Primero. Las Directivas en materia de Armonización Fiscal, como la que se pretende aprobar en cumplimiento de un acuerdo alcanzado en cumplimento del Marco Inclusivo de la OCDE y del G-20 contra la evasión fiscal y el blanqueo de capitales, de octubre de 2015, se tramitan a través de un procedimiento legislativo especial que resuelve el Consejo de la UE por unanimidad (art. 113 del Tratado de Funcionamiento de la UE). En ese procedimiento, el Parlamento solo emite un Informe consultivo. 

¿Por qué en este procedimiento el Parlamento europeo “pinta” tan poco?

Porque en materia de tributos directos las competencias siguen, fundamentalmente, en el ámbito de la soberanía de los Estados miembros, es decir, no ha sido transferida a las Instituciones comunes. Y por eso es el Consejo (y por unanimidad), que es el órgano que directamente representa a los Estados, el que decide si se aprueba o no esta Directiva. ¿Entendido, Clavijo and company? ¿Se lo van a explicar así, a partir de ahora, a los canarios y canarias?

En consecuencia, el Informe del Parlamento Europeo, que han querido presentar ante la opinión pública canaria como si prácticamente ya supusiera la aprobación de la Directiva, es un Informe no vinculante, un “voto consultivo”, como se dice en la jerga de Bruselas.

Segundo. Porque una Directiva no es una norma de aplicación directa, sino que “obliga al Estado miembro destinatario en cuanto al resultado”, dejando “a la autoridades nacionales la elección de medios y formas” para alcanzarlos (art. 288 del Tratado de Funcionamiento). En consecuencia, si la Directiva se aprueba las “autoridades” españolas, es decir, el Gobierno y las Cortes Generales, deberán efectuar la trasposición de la Directiva al ordenamiento jurídico español. Y nadie duda de que, en esa fase, tienen no sólo la base jurídica en los propios Tratados Constitutivos de la UE (349 del TFUE, sobre Ultraperifericidad), que hacen las veces de “Constitución” europea, en la Disposición Adicional III de la Constitución Española, en el artículo 165 y siguientes del Estatuto de Autonomía de Canarias y en las Leyes  20/1991 y 19/1994 reguladoras del REF, para cumplir con las garantías del Régimen Especial del Archipiélago. Y, además, la obligación de hacerlo.

Tercero, porque los socialistas europeos han batallado desde hace una década por emprender esa lucha contra la evasión y el blanqueo de capitales y para mejorar la equidad del sistema fiscal en toda Europa, lo que contribuirá a fortalecer y hacer más eficiente el espacio económico común y a mejorar los ingresos tributarios para alcanzar los grandes objetivos que sustentan a la UE como proyecto político: la justicia y la protección social, el desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente y la economía social de mercado altamente competitiva (art. 3.3 del Tratado de la Unión Europea).

Y ese avance de armonización fiscal encuentra serios obstáculos en los países europeos que practican dumping fiscal, como Irlanda, Hungría y otros, para atraer inversiones. Dumping que el PP, que tanto manosea el nombre de España, está copiando en Madrid, Andalucía y otras comunidades autónomas que gobierna.

Esos países europeos “paradisíacos” fiscalmente pueden utilizar, no lo olvidemos, su derecho de veto en el Consejo y mandar a parar la Directiva sobre el impuesto de sociedades. Y podrían  utilizar cualquier excusa para hacerlo: por ejemplo, la exigencia española de que sea precisamente en el propio texto de la Directiva donde figuren las especificidades del REF. 

Por eso, el Gobierno de España debe tener el margen de apreciación y de acción que es imprescindible para ejercer la dirección de la política interior y exterior (97 de la Constitución) y decidir cuál es el momento en que plasmar el cumplimiento de las garantías del REF: si el de la aprobación de la directiva en el Consejo o el de su trasposición a la legislación española.

Cuarto. Este Gobierno de España ha demostrado su compromiso con la garantía de nuestras especificidades económicas y fiscales como lo viene haciendo en materia de inversión estatal territorializada por habitante (2022: 393 euros  por habitante en Canarias, frente a 303 en el resto del territorio; 2021), en el cumplimiento del Convenio de Carreteras y ejecutando simultáneamente a la Sentencia del Tribunal Supremo por los incumplimientos del Gobierno de Rajoy… y un largo etc..

Pero me importa especialmente subrayar cómo en la vigente Ley de Presupuestos se incluyó (artículo 61) una modificación de la Ley del Impuesto de Sociedades para establecer un tipo mínimo del 15% a empresas que facturen más de 20 millones de euros, adelantándose al objetivo y al espíritu de la futura Directiva europea. Dicha modificación tiene vigencia indefinida e incorpora, punto por punto, todas las bonificaciones, reducciones y deducciones a la imposición directa del REF, así como las establecidas en el régimen de las  entidades acogidas a la Zona Especial de Canarias (ZEC) para las operaciones realizadas material y efectivamente en el ámbito de la ZEC. 

Y quinto. ¿En qué se sustenta el alarmismo de Clavijo y Cía. y la desconfianza que, un día sí y otro también, pretenden inculcar a nuestra gente contra el actual Gobierno progresista y, particularmente, contra Pedro Sánchez? 

En nada. Se han convertido en dilectos discípulos de la peor derecha española, la que pretende tener en exclusiva la franquicia de la marca España ( y éstos de la marca Canarias), intentando deslegitimar al Gobierno desde que ellos pasan a la oposición. Y quebrantando a más no poder el pluralismo político y la democracia, que son valores superiores superiores proclamados por la Constitución, es decir del sistema de convivencia entre las personas y los pueblos de España. Esa convivencia democrática  tan dificultosamente consolidada y que la peor  derecha (se vista de españolista o se disfrace de “nacionalista” canaria) sólo respeta si  y cuando ellos están sentados en los gobiernos.

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