En una sorprendente sentencia, el Tribunal Supremo ha decidido anular la sentencia del TSJC que condenó al ex presidente de la Audiencia Provincial de Las Palmas, José Antonio Martín, por un delito de negociación prohibida a funcionario público. Aunque se dan por probados los hechos que condujeron a aquella condena, esto es, el asesoramiento de Martín a un narcotraficante de cuya causa tenía que conocer la Sección Primera, que él presidía, el alto tribunal español no los considera delito. Esta absolución tiene varias consecuencias directas: la primera, el precedente que acaba de sentar el Supremo, que no considera delito que un magistrado se reuna con el hermano de un imputado, aconseje cómo debe comportarse y lo que debe pedir su abogado; a continuación, intente que el fiscal pida la libertad provisional bajo fianza, y por último, presione a sus compañeros de Sala para que acepten esa misma medida para el narcotraficante, contradiciendo el que era su criterio hasta entonces. Si esto ya es para inquietarse, lo segundo puede tener mucha más guasa.