Santiago Santana Cazorla no ha tenido reparo alguno en hablar para los medios de comunicación. Estuvo en CANARIAS AHORA RADIO, habló para El País, y su emisora de televisión local envió un vídeo a las teles con unas declaraciones suyas. Lo explica todo con tanta naturalidad que parece que lo normal es que los empresarios hablen, se cabreen y exijan a sus gobernantes cuando se sienten avasallados. Con el empresario coincide una legión de colegas, que consideran normales esas negociaciones. Por lo tanto, y ante tanto clamor, habrá que suprimir del Código Penal el artículo 429, que dice literalmente: “El particular que influyere en un funcionario público o autoridad prevaliéndose de cualquier situación derivada de su relación personal con éste o con otro funcionario público o autoridad para conseguir una resolución que le pueda generar, directa o indirectamente, un beneficio económico para sí o para un tercero, será castigado con las penas de prisión de seis meses a un año, y multa del tanto al duplo del beneficio perseguido u obtenido. Si obtuviere el beneficio perseguido se impondrán las penas en su mitad superior”.