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Los promotores de la Ley de Volcanes plantean que la reconstrucción de La Palma no concluya “hasta que la renta per cápita se sitúe en la media de Canarias”

La Palma Ahora

Los Llanos de Aridane —
12 de junio de 2023 10:58 h

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La Comisión Promotora de la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) Ley de Volcanes de Canarias, impulsada por afectados por la última erupción de La Palma en Cumbre Vieja (19 de septiembre-13 de diciembre 2021), en una nota de prensa, informa que el próximo miércoles, 14 de junio, se presenta esta propuesta legislativa en la Facultad de Derecho de la  Universidad de La Laguna (ULL) a las 12.00 horas. Para su trámite parlamentario, indica, “se necesita recabar 15.000 firmas”.  En la citada iniciativa los promotores, entre otras propuestas, plantean que “la reconstrucción social y económica de La Palma” no concluya “hasta que se sitúe la Isla en la media de la renta per cápita de Canarias”.  Los objetivos de la referida Ley son, asimismo, entre otros, “la reconstrucción social, económica y ambiental del espacio territorial afectado por la lava” y garantizar que “la condición de afectado” se mantengan “hasta que se produzca la restitución íntegra ya sea en dinero o en especie de los bienes destruidos por el volcán”.

En la nota se recuerda que “el 19 de septiembre de 2021 cambió la vida de siete mil palmeros afectados por el  volcán en Cumbre Vieja que durante 85 días, hasta el 13 de diciembre, vieron cómo fueron destruidas sus viviendas, sus fincas, sus empresas y en definitiva el presente y el futuro de sus familias”.

En estos casi dos años desde la erupción volcánica, añade, “las diferentes administraciones han desplegado un paquete de ayudas y subvenciones para paliar las graves consecuencias sociales y económicas para los afectados por los daños ocasionados por el volcán que ha sido el más destructivo de Europa”.

Sin embargo, señala, “estas medidas se han hecho bajo la premisa de ‘todo para los afectados, pero sin los afectados’ por las razones que exponemos:

1.- No se ha aprobado una ley básica y general que garantice los derechos patrimoniales, urbanísticos, sociales y económicos de los afectados sobre sus propiedades de las que ya no pueden usar y disfrutar porque están destruidas por la lava, pero de las que tienen intactos sus derechos como propietarios de los mismos y sin embargo se ha llegado a permitir por las autoridades que científicos hayan paseado por la lava que pertenecen a los damnificados.

2.- No se ha aprobado ninguna ley que garantice el derecho a una vivienda digna para los propietarios cuyas viviendas habituales fueron destruidas por la lava. De los 600 propietarios que perdieron su vivienda habitual sólo se han entregado un centenar de viviendas de promoción pública y el resto han sido casas de madera y los humillantes contenedores marítimos reconvertidos en viviendas que no cumplen con las normas de habitabilidad del Gobierno de Canarias y que constituyen la mejor imagen de la nefasta reconstrucción social del volcán. El resto de vecinos se han visto obligados a alquilar viviendas a unos precios prohibitivos y con una burocracia que ha retrasado el pago de los mismos.

3.- Se aprobó por el Estado en septiembre de 2021 una primera ayuda de 30.000 euros por destrucción de vivienda habitual copiando el importe pagado en el terremoto de Lorca pero que el tiempo demostró que era un importe irrisorio y que posteriormente por las gestiones de la Plataforma de Afectados se incrementó a 60.000 euros que muchos damnificados siguen sin recibir. Además, se anunció por el Gobierno de Canarias en marzo de 2022 con motivo de la Conferencia de Presidentes una ayuda de 30.000 euros que 15 meses después solo han recibido el 10 por ciento de los afectados.

4.- Se han elaborado dos decretos en materia de recuperación residencial y en materia de agrícola pero que a día de hoy siguen sin aprobarse y publicarse y por tanto la incertidumbre, desazón, zozobra y miedo al futuro de los afectados cada vez es mayor porque el tiempo juega en nuestra contra porque cuanto más tiempo pasa más se deteriora la salud física y mental de los afectados por la falta de certezas sobre el futuro.

5.- Se ha llegado a decir por autoridades políticas que es imposible que los afectados recuperen el valor íntegro de lo perdido por el volcán cuando hay dinero suficiente tanto en el Estado como en la Comunidad Autónoma para hacer un plan a cuatro años para devolver todo lo perdido a los afectados previa tasación de los bienes perdidos.

7.- A día de hoy todavía Cáritas Diocesana atiende a casi dos mil afectados por lo que el drama social y económica sigue“.

Por tanto, se apunta en la nota, “después de esta gestión del post-volcán, se presenta la iniciativa legislativa popular ‘Ley de Volcanes de Canarias’ que ha sido admitida a trámite por el Parlamento de Canarias”. Indica que “comienza ahora el proceso para la recogida de las 15.000 firmas que se necesitan de españoles residentes en municipios de Canarias para que dicha propuesta de Ley sea tramitada por el Parlamento de Canarias y culmine con su aprobación y publicación en el Boletín Oficial de Canarias y así queden garantizados los derechos de los canarios que se vean afectados por un volcán y todo ello al margen de las decisiones políticas que se tomen en cada momento porque ya habrá una norma con rango de ley que nos ampare”.

Objetivo de la Ley

La Ley de Volcanes de Canarias, añade, se puede resumir en los siguientes 11 puntos:

“1.- El objeto de la ley es la reconstrucción social, económica y ambiental del espacio territorial afectado por la lava.

2.- Que se garantiza que la condición de afectado lo será hasta que se produzca la restitución íntegra ya sea en dinero o en especie de los bienes destruidos por el volcán.

3.- Que se garantiza la participación y el derecho de audiencia y alegaciones del afectado en todos los procedimientos de elaboración de normas sobre la reconstrucción.

4.- Que la reconstrucción social y económica de La Palma no concluirá hasta que se sitúe la Isla en la media de la renta per cápita de Canarias.

5.- Se declara de excepcional interés público la reconstrucción y la recuperación económica, social y ambiental de los territorios afectados por una erupción volcánica, teniendo la condición de emergencia civil y se aplicará la tramitación de urgencia en todos los procedimientos.

6.- Las personas que hayan visto destruida su propiedad por los efectos de una erupción volcánica tienen un derecho preferente de reconstrucción de su vivienda, explotación agraria, industria o comercio, en el mismo lugar donde se encontraba anteriormente, siempre que sea posible y tienen derecho a realojamiento. 

7.- Los titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas afectados por la erupción volcánica tendrán derecho a la recuperación del terreno destruido o afectado gravemente por la erupción volcánica en el mismo lugar donde se encontraba la explotación, o en caso de no ser posible, en la zona más cercana que se considere más adecuada. 

8.- La obligación del Gobierno de Canarias de establecer un plan de ayudas agrícola, ganadero y pesquero que cubra los importes necesarios para la recuperación íntegra de la actividad destruida. 

9.- Los titulares de establecimientos industriales y turísticos afectados por una erupción volcánica tendrán derecho a la recuperación del terreno perdido en la zona más cercana a la que tuvieran antes de la erupción, debidamente urbanizado.  

10.- El Gobierno de Canarias, en colaboración con el Cabildo y los ayuntamientos de los municipios afectados, pondrá en marcha un plan de medidas de apoyo a las empresas y autónomos afectados por la erupción volcánica y, en general, de la Isla afectada por la erupción. 

11.- El Gobierno de Canarias implantará medidas de apoyo en materia laboral para las personas afectadas por la erupción volcánica, así como para todos aquellos trabajadores de la Isla que se hayan visto afectados en alguna manera en la crisis económica provocada por una erupción volcánica“. 

En definitiva, subraya, “se trata con esta Ley que los afectados del volcán de Cumbre Vieja y los futuros afectados de los siguientes volcanes que erupcionen en Canarias tengan garantizados por ley los derechos sociales y económicos como el derecho al realojamiento en una vivienda digna y todo ello con independencia de las decisiones políticas que se tomen por los gobiernos de turno”. 

Para conseguir la aprobación de esta ley, apunta, “es necesario que se inicie un proceso de recogida de firmas presenciales en dosier de 15.000 firmas en papel timbrado notarial con el nombramiento de fedatarios para que verifiquen el procedimiento de las firmas para conseguir en tres meses las 15.00 firmas necesarias para tramitar esta ley en el Parlamento de Canarias”- 

Para ello, indica, “existe una página web, www.ilpvolcanescanarias.es, en la que se informa del contenido de la ley y de la recogida de las firmas” 

“Todo ello será objeto de presentación en la Facultad de Derecho de la Universidad de La Laguna el día 14 de junio a las 12.00 horas en la sala Tomás y Valiente”. La entrada “es pública y gratuita”, concluye.

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