Garzón recurre la querella por escuchas de la “Gürtel”
MADRID, 16 (EUROPA PRESS)
El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón ha presentado un recurso de súplica ante el Tribunal Supremo contra la decisión de este órgano de admitir a trámite una tercera querella contra él, que fue presentada por el abogado de uno de los imputados del “caso Gürtel”, Ignacio Peláez, al considerar que el magistrado prevaricó y cometió un delito contra la garantía institucional de la intimidad al intervenir las conversaciones mantenidas por los tres presuntos cabecillas de la trama corrupta con sus abogados en prisión.
En un escrito de 17 páginas presentado este martes, el abogado Gonzalo Martínez-Fresneda se adhiere al recurso en el mismo sentido que presentó la Fiscalía el pasado 1 de marzo y acusa al querellante de manipular los hechos relacionados con las intervenciones telefónicas mediante “inexactitudes y mendacidades tendentes a crear una sensación global de desprecio por el Derecho”.
Entre estas inexactitudes, está la de que Garzón abriera unas diligencias independientes sin petición expresa de la Fiscalía, que se ordenaran las escuchas antes de imputar al abogado José Antonio López Rubal (según la causa se le imputó diez días antes de intervenir sus comunicaciones), o que este letrado desconociera su condición de investigado.
La defensa de Garzón subraya, al contrario de lo que sostiene Peláez en su denuncia, que la ley “no declara la inmunidad absoluta de las conversaciones entre los internos de los centros penitenciarios y los abogados que les visiten”, y tampoco lo ha hecho la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
Según esta jurisprudencia, el director de una cárcel puede intervenir las comunicaciones de los internos salvo cuando sean con sus letrados, en cuyo caso debe contar con autorización judicial, y en los casos de terrorismo.
“Desde luego, es indudable que la práctica de diligencias de investigación ha de respetar los derechos fundamentales y, entre ellos, el derecho a la defensa letrada -reconoce el letrado Martínez-Fresneda-. Pero de ahí a asumir que las conversaciones entre un interno y un abogado son inviolables y no se pueden intervenir jamás, aunque se aprovechen para la comisión de delitos, media un notable salto argumental”.
La conclusión, según esta parte, es que “las comunicaciones de los internos sólo se pueden intervenir por orden judicial, pero no sólo en casos de terrorismo, sino en todos aquellos casos donde haya motivos para ello por estar comprometido el descubrimiento de un delito”. Y esta es la interpretación que aplicó Garzón en el “caso Gürtel”.
NO AFECTA A LA INVESTIGACIÓN
Además, la defensa de Garzón mantiene que “aún en la eventualidad de que se hubieran grabado conversaciones que no tuvieran interés para la causa, ello en modo alguno afectaría al derecho de defensa”, pues la selección del material que debe integrar la instrucción depende ahora del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).
“Esto impide, por principio, toda suerte de 'contaminación' del órgano encargado del enjuiciamiento, derivado de un supuesto conocimiento de la estrategia de defensa legítimamente hilvanada, una vez que se hubiera tomado la decisión de excluir todo lo relativo a estas cuestiones en la misma fase de instrucción”, afirma el letrado.
A ello se añade que, según esta parte, Peláez haya sido “incapaz de poner un solo ejemplo” de que Garzón hubiera aprovechado en su investigación el conocimiento de las cuestiones relativas a la estrategia de defensa de los acusados.
La propia Fiscalía, según recuerda Martínez-Fresneda, ha destacado que las escuchas telefónicas realizadas a Francisco Correa y a otros cabecillas de la trama habían puesto de manifiesto la inminencia de determinadas reuniones enfiladas a la deslocalización de capitales para su blanqueo“, una actividad que podría haber seguido siendo impulsada desde prisión. Añaden que fue el actual instructor de la causa en el TSJM, Antonio Pedreira, quien acordó la prórroga de las intervenciones el 20 de abril del pasado año.
DESPACHOS IMPLICADOS.
En concreto, según señaló en su día la Fiscalía, la investigación permitió distinguir la participación de los siguientes despachos de abogados: Hasta septiembre de 2005 el despacho De Miguel Abogados y Asesores S.L, cuyo socio Luis de Miguel Pérez está imputado en el “caso Gürtel”; a partir de septiembre de 2005 el bufete R.Blanco-A.Guillamot“, cuyo socio José Ramón Blanco Balín también está encausado; y, a partir de septiembre de 2008 el despacho de Manuel Delgado Solís, donde participaba activamente López Rubal ”Pepechu“, ambos igualmente imputados.
Las labores de estos despachos pasaban desde la constitución de la estructura de circuitos financieros para la ocultación, expatriación y repatriación de los fondos del cabecilla, el empresario Francisco Correa, hasta la deslocalización del mismo para hacerlo aparecer como residente en el extranjero a fin de no tributar por las rentas obtenidas en España, según la Fiscalía.
La admisión de esta acción penal contra Garzón se suma a las dos que ya tramita el alto tribunal contra el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 5, por investigar las desapariciones del franquismo y por sus cobros de la Universidad de Nueva York durante el año en el que permaneció en EE.UU. durante un permiso de estudios.
El auto del alto tribunal, que designa como instructor de la causa al magistrado de lo Penal Alberto Jorge Barreiro, afirmó para admitir esta tercera querella que no existían razones suficientes “para excluir con toda certeza la hipótesis de la existencia de los delitos mencionados” por Peláez en su denuncia.
La Sala destacó como “extremos significativos” para la admisión a trámite de la querella el hecho de que la jurisprudencia del Tribunal Constitucional limite la intervenciones de las comunicaciones de presos con abogado a los supuestos de terrorismo. También criticó que el auto de Garzón ordenando las escuchas se refiriera a la “totalidad indiscriminada” de abogados del caso.