Absuelven a los acusados del 'caso Mazotti'
La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha absuelto a los empresarios de Mazotti, Alejandro Navarro Miñon y su hija Mónica Navarro Ojeda, así como al técnico del Cabildo de Gran Canaria José Luis Díaz y el empleado de banca Francisco Javier Torres, de los delitos de estafa, falsificación en documento público y cohecho de los habían sido acusados.
Según la sentencia se les absuelve de la acción civil deducida en contra del Cabildo de Gran Canaria y la mercantil Mazotti S.A., informó el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).
Alejandro Navarro era el administrador general de la empresa Mazotti S.A., dirigida por su hija Mónica Navarro Ojeda. Actualmente la empresa ha sido declarada en concurso de acreedores, y había sido adjudicataria de innumerables obras públicas procedentes del Cabildo de Gran Canaria y de diversos ayuntamientos de esta isla.
Para conseguir la debida financiación, en mayo de 2001, Mazotti firmó un contrato de factoring con BBVA FACTORING EFC, por el que cede todos los créditos con la administración derivados de la ejecución de obras públicas, transfiriendo los mismos a la entidad bancaria, de tal forma que consintiendo la cesión de créditos, sólo podrá liberarse del pago de los mismos mediante abono directo a la entidad bancaria.
Eso fue lo que ocurrió con el Cabildo de Gran Canaria, tras tomar debida razón de dicho contrato, dando de alta a terceros al BBVA respecto a las ejecuciones de obras realizadas por Mazotti, por lo que todas estas ejecuciones se debían abonar al BBVA como único acreedor legítimo.
A cambio, Mazotti recibía anticipadamente las cantidades de las certificaciones de obras que iba realizando descontando un tanto por ciento, por la entidad bancaria, como beneficio por dicho anticipo.
Asimismo, se ha considerado probado que para obtener mayor financiación, Mazotti, celebró en junio de 2006, con la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) póliza de crédito en la que intervino en nombre de la empresa Mónica Navarro y en nombre de la Caja, el también acusado Francisco Javier Torres Gutiérrez, contrato donde la caja de ahorros se obligaba a anticipar el pago de las certificaciones de obra con un límite de descuento de 2,5 millones de euros.
Certificaciones
La ejecución de dicho contrato conllevó que la Caja descontara por medio de endoso que figura en el reverso de las certificaciones el acondicionamiento exterior de la ciudad deportiva de Gáldar, de fecha 12 de junio de 2006, con vencimiento del endoso al 11 de mayo de 2007 y por importe de 787.027,45 euros; o el modificado del auditorio municipal, Plaza de Sintes y Calle Santiago Rivero de 7 de julio de 2006 con vencimiento el 7 de enero de 2007, por importe de 102.839,68 euros, entre otros.
Posteriormente, y a fin de aparentar ante la entidad que dicha cesión de crédito se había cedido a la Caja, se incorpora a la misma un documento de cesión de derechos de crédito, en la que como firma del deudor y en nombre del Cabildo el también acusado José Luis Díaz, jefe de los Servicios Técnicos y un sello de la institución insular donde no figura fecha de presentación o número de registro el documento.
Asimismo, se ha probado que para obtener mayor financiación, en febrero de 2006, se celebró entre Mazotti y Caja Rural de Canarias contrato de póliza de afianzamiento en virtud del que descontó por medio de endoso que figura en documento el modificado del auditorio municipal, Plaza de Sintes y Calle Santiago Rivero de 28 de febrero de 2006, con endoso de 16 de marzo de 2006, vencimiento el 28 de junio de 2006 e importe de 36.180,17 euros o el acondicionamiento urbano zona baja de Arguineguín, de fecha 15 de marzo de 2006, con endoso de 3 de abril de 2006, vencimiento el 28 de junio de 2006 e importe de 59.193,20 euros, entre otros.
Se volvería a repetir lo ocurrido anteriormente con la Caja de Ahorros del Mediterráneo.
Igualmente ocurrirá con el contrato de factoring entre Mazzoti y Factorcat (en la actualidad Caixa de Estalvis o Caixa Bank), de octubre de 2006, para diversas actuaciones a realizar.
Sin embargo, no se declara probado que con esta forma de obtener financiación, por medio de certificaciones, en algunos casos duplicadas y en otro correspondiente a obras inexistentes, los acusados Alejandro Navarro Miñón y Mónica Navaro Ojeda, actuaron con la “intención de defraudar los derechos de cobro de las entidades de crédito, ni que tuvieran la intención de alterar el tráfico jurídico mediante la alteración de documentos auténticos”.
Tampoco se declara probado que el acusado José Luis Díaz recibiera de Alejandro Navarro la cantidad de 31.099,88 euros como contraprestación al haber firmado la recepción de las certificaciones descontadas por la Caja Rural y por la Caja de Ahorros del Mediterráneo.