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Aprobado con advertencia de ilegalidad

Noé Ramón / Noé Ramón

La Fiscalía de Medio Ambiente lo tiene claro. Los componentes de las juntas de gobierno del Ayuntamiento de Arona encabezadas por José Alberto González Reverón repitieron entre 1999 a 2007 la misma táctica.

En doscientas cinco ocasiones procedieron a aprobar, autorizar o conceder licencias urbanísticas que la Fiscalía considera ilegales. A continuación entraban en escena los arquitectos, Eliseo de La Rosa y Roberto de Luis que emitían un dictamen técnico favorable, “pese a que en cada una de las ocasiones” se vulneraba la legalidad.En otras 79 votaron a favor de proyectos y contratos de obras y personal, a pesar de invariablemente se llamaba la atención sobre que existían incumplimientos en la normativa que era de aplicación.

“En todos los supuestos se trata de decisiones con efectos ejecutivos que se apartaban de manera patente y notoria de las previsiones legales aplicables”, señala la Fiscalía. Los funcionarios se preocuparon muy bien de que el conocimiento y vulneración de la norma constara “expresamente” en la información que se aportaba en los dictámenes jurídicos del Servicio de Urbanismo, todos ellos de contenido desfavorable con la Ley de Ordenación del Territorio.

Pero también se daban incumplimientos en cuestiones como planeamiento y sus determinaciones, leyes y planes de ordenación territorial jerárquicamente superiores, normas sectoriales o a la normativa del procedimiento de contratación.

En cada uno de los supuestos las propuestas desfavorables emitidas por los servicios jurídicos y otros técnicos municipales figuraban por escrito, formando parte de todos los expedientes. Así aparecían incorporados a los mismos de forma independiente, “constituyendo un documento aparte que precedía a la decisión adoptada”.

En cada una de las sesiones de la Junta en las que se adoptaron estos acuerdos el secretario del Ayuntamiento advertía de la ilegalidad “expresamente”, sin que se le hiciera caso alguno. De esta manera el funcionario estatal hacía suyos los informes de los servicios de Urbanismo y su contenido advirtiendo de las responsabilidades, incluso penales, en las que podían estar incurriendo los concejales.

Pero el resultado era el mismo; al final el acuerdo se adoptaba por unanimidad. Idéntico caso hacían los tenientes de alcalde a los reparos que llegaban desde Intervención a los expedientes para proceder a la ejecución y adjudicación a un grupo de empresas o contratación de suministros. Todo ello, “a pesar de los arbitrario de su proceder por ser contrario al ordenamiento jurídico aplicable”.

En el caso de las licencias las irregularidades llegaron al punto de que se concedieron licencias de obra menor para edificaciones ilegales que ya estaban totalmente acabadas. Pero además, se detectaron incumplimientos con el Plan General, de manera que se permitía construir en terrenos que aún no tenían características de solar, ni derecho a albergar edificación alguna. Por lo tanto el dueño estaba liberado de ceder de forma gratuita el 10% de los solares que sirven para las dotaciones públicas, tales como centros de salud, zonas verdes o bibliotecas.

En otros casos se trataba de suelo urbanizable pero sin que se hubiera desarrollado un plan parcial de manera que la urbanización era costeada por el Ayuntamiento, en vez de por sus promotores. Otro incumplimiento común era no recabar las licencias del Gobierno canario cuando era preciso o solicitar antes permiso para desarrollar alguna actividad clasificada. A veces tampoco se pedía autorización al servicio insular de carreteras, se incumplía el Plan Insular de Ordenación del Territorio (PIOT) o las directrices de Ordenación del Turismo.

En este último supuesto, por ejemplo, se autorizaron viviendas con una superficie menor de 100 metros cuadrados en suelos donde las casas debían tener mayor tamaño. En todos los supuestos los servicios jurídicos advertían de la ilegalidad que se estaba cometiendo desde el mismo momento que se iniciaba el expediente para conceder las licencias y se proponía la revisión de oficio de las mismas. Pero daba igual, según la Fiscalía “se hacía caso omiso de forma sistemática” a estos reparos. Además de por acción el Ayuntamiento también habría sido culpable por inactividad disciplinaria al no imponer sanciones cuando era obligatorio o exigir que se restaurara el orden jurídico perturbado.

Contrataciones

En cuanto a las contrataciones que han sido miradas con lupa por la Fiscalía se encuentran una serie de expedientes que incumplían las normas por la falta de formalidades “esenciales” con lo que se quebró la obligación de la administración de servir con objetividad a los intereses generales y al sometimiento a la ley. En todos estos supuestos las advertencias de ilegalidad se adjuntaban a los expedientes, “pese a lo cual los acusados actuaban desatendiendo, de forma injustificada los informes de expertos”.

El promotor siempre era el Ayuntamiento, la oficina técnica elaboraba el proyecto y a partir de aquí recibía los informes desfavorables. Lo que no impedía que a continuación la contratación fuera aprobada directamente por decreto del alcalde ordenándose el abono a la empresa adjudicataria. El incumplimiento más grave se centraba en que la misma adjudicación que correspondía a idéntica empresa se dividía en varios contratos, cada uno con presupuesto independiente que no superaba el límite legal.

De esta manera se producía un fraccionamiento para disminuir su cuantía y eludir los requisitos de publicidad y adjudicación. Los informes advertían de la irregularidad que se estaba cometiendo, pero daba igual; los expedientes invariablemente recibían el visto bueno. “En este proceder subyacía el ánimo de evitar sacar a concurso o a licitación pública las obras y favorecer principalmente a un grupo de empresas determinado”, indica la Fiscalía.

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