El Ayuntamiento de Güímar ratifica la legalidad de la urbanización Almirante
El Ayuntamiento de Güímar considera que el edificio Almirante, que se construye en el límite de la Reserva Natural Protegida del Malpaís, se realiza con todos los informes favorables y que se ejecuta en suelo urbano, si bien se reconoce que el espacio protegido comienza en la parte trasera de la urbanización. El colectivo ecologista Tabona ha pedido la paralización de las obras.
No obstante, el Ayuntamiento solicitó un informe a la consejería insular de Medio Ambiente del Cabildo de Tenerife para confirmar que la obra no se realiza en el interior de la Reserva Natural, informe que está en proceso de envío al Consistorio y donde se aclara que está fuera de la zona protegida.
El colectivo Tabona denunció las actuaciones en el límite de la reserva natural y “las pretensiones del Ayuntamiento de urbanizar sobre el propio espacio protegido”, cuestión que el alcalde de Güímar, Rafael Yanes (PSC), ha desmentido a este diario “por cuanto sería ilegal”.
El inmueble construido por la empresa Gomasper se denomina Edifico Almirante, consta de cinco alturas y 28 viviendas con garajes. En la promoción que realiza en su web la inmobiliaria Aransa, encargada de las ventas, se incluye como publicidad que se podrá “beneficiar de los singulares espacios naturales y disfrutar de excelentes vistas al parque protegido de Malpaís de Güímar”.
Delimitar el Espacio Natural
Según ha denunciado el colectivo Tabona, las obras se iniciaron con licencia de obra menor y sin el trazado de calles ni ejecución de la infraestructura urbanística y considera que antes de realizarse cualquier actuación en las proximidades de cualquier Espacio Natural Protegido “debe delimitarse sobre el terreno el área de dicho espacio para no llevar a equívocos”.
Para la organización ecologista, “la demarcación sobre el terreno, en este caso de la Reserva Natural del Malpaís, que aún está por realizarse, debe ser responsabilidad de la administración autonómica y subsidiariamente de la insular, sobre la que recaen los Planes de Usos y Gestión”.
Recuerda el colectivo que el Parlamento de Canarias aprobó una Iniciativa Legislativa Popular que incluye, en el apartado cinco de su preámbulo, “el establecimiento de franjas que sirvan como colchón de protección del Espacio Natural Protegido, en atención a lo indicado en la Ley 4/1989 de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y la Fauna Silvestres, que en su artículo 18 prevé el establecimiento de Zonas Periféricas de Protección destinadas a evitar impactos ecológicos o paisajísticos”.
Por último, cuestiona también que el edificio “se construye a de la costa”, por lo que, en opinión del grupo ecologista, “entraría en conflicto con la Ley 22/1988 de Costas, que prevé la actuación incluso sobre la franja privada colindante para evitar la incidencia negativa de las edificaciones en pantalla”.