Entran en vigor las “medidas urgentes” del Gobierno en Lorca
MADRID, 14 (EUROPA PRESS)
Las medidas “urgentes” aprobadas por el Consejo de Ministros para reparar los “cuantiosos” daños causados por los terremotos acaecidos en Lorca (Murcia) han entrado en vigor este sábado, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
El vicepresidente primero del Gobierno, Alfredo Pérez Rubalcaba, explicó en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros del pasado viernes que “la pretensión (de estas medidas) es salir al paso de los daños sufridos por los ciudadanos”.
Además de las medidas adelantadas en la noche de este jueves, el vicepresidente ha añadido que el texto final recoge algunas incorporaciones, fruto de los análisis realizados por los Ministerios de Cultura, el de Industria, Turismo y Comercio, y el de Educación.
Concretamente, el Real Decreto-Ley concede 18.000 euros a los familiares directos de las personas fallecidas y una cantidad idéntica se entregará en el supuesto de heridos con incapacidad absoluta y permanente, siendo el beneficiario de la ayuda la persona que así sea declarada.
En materia de vivienda, se entregarán ayudas a particulares por alquileres de viviendas, con un tope máximo de 6.671 euros al años, en el caso de que la vivienda habitual haya resultado totalmente destruida o, debido al mal estado en que hubiera quedado, haya sido precisa su demolición.
A sus ocupantes, si son propietarios, se les financiará el alquiler de una vivienda, y si se encontraban en régimen de alquiler, se les abonará la diferencia entre el anterior y el nuevo alquiler. Además, en el caso de que la reparación de la vivienda siniestrada exija su desalojo, también se financiarán los alquileres correspondientes, tanto si son propietarios como si son arrendatarios.
Esta financiación corresponderá al Ministerio del Interior, que abonará el 50 por ciento de las ayudas a particulares por alquileres y el otro 50 por ciento restante corresponderá a las Administraciones Públicas implicadas, según los acuerdos que alcancen.
Para reconstrucción de viviendas se entregará ayudas para la reconstrucción o reparación de las viviendas destruidas o dañadas, que serán financiadas al 50 por ciento por el Ministerio de Fomento y el 50 por ciento restante por las otras Administraciones Públicas implicadas, según los acuerdos que se alcancen.
Además, entre otras medidas se incluyen ayudas a las entidades locales, beneficios fiscales, compensaciones por pérdidas en la producción en explotaciones agrícolas y ganaderas o moratorias para empresas y autónomos en el pago de las cuotas de Seguridad Social.