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La casa de César Manrique o el silbo Gomero, desprotegidos tras caducar su declaración de Bienes de Interés Cultural por retrasos burocráticos

Tanto el silbo herreño como el silbo gomero han visto sus expedientes caducar sin llegar a buen puerto.

Tenerife Ahora

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Canarias pierde de un plumazo 156 bienes de interés cultural que estaban en periodo de tramitación. Desde el silbo gomero, declarado por la Unesco Patrimonio Mundial de la Humanidad, hasta la vivienda de César Manrique o Los Jameos del Agua en Lanzarote, pasando por el Santuario del Cristo de La Laguna o la imagen de la Virgen de la Candelaria en Tenerife, o el Museo Néstor y los edificios portuarios Elder y Miller en Las Palmas de Gran Canaria, quedan desprotegidos y deben reiniciar todo el proceso para alcanzar la categoría de BIC.

Todo se debe a una sentencia del Tribunal Constitucional que da la razón, por cuestiones de mora en los procedimientos administrativos de declaración de BIC, a la entidad mercantil Julitex SL, contra la modificación de la delimitación del barrio de los hoteles, en Santa Cruz de Tenerife. De ahí que decaigan todos los expedientes de bienes de interés cultural no culminados por el Ejecutivo canario, siendo la isla más afectada la de Gran Canaria.

Así, la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, a propuesta de la Dirección General de Patrimonio Cultural, ha declarado la caducidad de un total de 156 expedientes de Bien de Interés Cultural (BIC) localizados a lo largo de todo el Archipiélago, una vez constatado el vencimiento del plazo máximo de doce meses desde el inicio de los trámites de la declaración “sin haberse dictado resolución administrativa de terminación ni haber recaído sentencia judicial firme”, según recoge la resolución publicada en el Boletín Oficial de Canarias este jueves 26 de marzo.

Entre los elementos patrimoniales que pierden la calificación BIC se encuentran referentes de la magnitud del silbo gomero y también su polémico contrincante el silbo herreño. Además, bienes culturales de la talla de la zona arqueológica de las Dunas de Corralejo, en Fuerteventura, , el Santuario y la imagen del Cristo de La Laguna, la imagen de la Virgen de Candelaria, el Jardín de Cactus, la Cueva deLos Verdes o las Salinas del Janubio, en Lanzarote, o conjuntos arquitectónicos históricos comom la Villa de Agüimes, en Gran Canaria, o San Sebastián de La Gomera, también se caen del listado de aspirantes a BIC.

La Orden del pasado 11 de marzo contempla la prescripción de la consideración BIC para un conjunto de monumentos, conjuntos históricos, sitios y jardines históricos, bienes muebles (cuadros, imágenes y esculturas), patrimonios etnográficos, zonas arqueológicas y delimitaciones con similares características, diseminados por todas las islas, también la que afecta a la zona oeste de La Graciosa.

En cualquier caso, la resolución contempla también que “los procedimientos declarados caducados podrán volver a incoarse una vez transcurrido el plazo de dos años desde que se hayan producido los efectos de la caducidad, salvo cuando medie instancia de las personas o entidades previstas en el artículo 31.2 de la Ley 11/2019, de 25 de abril, de Patrimonio Cultural de Canarias”.

A la cabeza de las islas con un mayor número de elementos patrimoniales para los que expira la calificación está Gran Canaria, con un total de 57, seguida de Lanzarote, con 43; Tenerife suma 31, diez son en El Hierro, otros seis en Fuerteventura, cinco en La Palma y cuatro en La Gomera.

La consideración de caducidad de los BIC por la demora en su tramitación por parte del Gobierno se justifica en el cumplimiento de la sentencia 157/2019, de 28 de noviembre, del Tribunal Constitucional (publicada en el Boletín Oficial del Estado BOE, del pasado 6 de enero), que declaró inconstitucional el artículo 21.2 de la Ley 4/1999 de Patrimonio Histórico de Canarias, en lo tocante a la regulación de expedientes con el plazo de tramitación vencido.

A resultas de lo anterior, la Viceconsejería de los Servicios Jurídicos del Gobierno de Canarias, emitió un informe facultativo favorable a la declaración de caducidad de los procedimientos de declaración de bien de interés cultural incoados de

oficio durante la vigencia de la Ley de Patrimonio de Canarias, respecto a los que haya transcurrido su plazo máximo de tramitación, sin haber sido resueltos, si bien procede, “con efectos meramente declarativos”, dictar la correspondiente resolución de caducidad.

Por municipios, Las Palmas de Gran Canaria (12 expedientes) y San Bartolomé de Tirajana (11), ambos en Gran Canaria, suman el mayor número de casos, seguidos de los nueve en tres municipios lanzaroteños (Haría, Teguise y San Bartolomé), y ocho en Santa Cruz de Tenerife y la localidad conejera de Yaiza.

Muchos de los expedientes prescritos presentan una fecha de caducidad de varias décadas, anotando el registro más antiguo el monumento de La Mareta de Teguise, en Lanzarote, con vencimiento en 1974.

Tampoco se quedan atrás, por citar algunos casos, la zona arqueológica del Valle de Guayedra, en Agaete (Gran Canaria), desde 1981; el monumento Palacio de Salazar en La Laguna (Tenerife), en 1983; el monumento Convento de Buenaventura en Betancuria (Fuerteventura), desde 1984, o el Real Santuario del Cristo de La Laguna, en 1986.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.

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