Facua denuncia que el Cabildo tinerfeño aplica cláusulas “abusivas” en los espectáculos que organiza

Pabellón Santiago Martín

Efe

Santa Cruz de Tenerife —

Facua-Consumidores en Acción ha denunciado este miércoles (7 de septiembre) que en espectáculos organizados por el Cabildo de Tenerife se ha prohibido a los usuarios el acceso con comida y bebida adquirida fuera de los recintos, algo que para esa asociación es una “imposición abusiva”. Por este motivo, Facua-Consumidores en Acción ha presentado un escrito ante la Dirección General de Comercio y Consumo del Gobierno de Canarias para denunciar esta situación.

Facua señala que Ideco SA, dependiente del Cabildo de Tenerife, ha organizado espectáculos musicales que se celebrarán en septiembre y octubre en el Pabellón Santiago Martín de la capital tinerfeña, bajo la advertencia de no permitir la entrada de aquellos usuarios que intenten acceder al recinto con alimentos o bebidas adquiridas en el exterior.

Para Facua-Consumidores en Acción es “inadmisible” que el Cabildo de Tenerife ampare prácticas como esas, con las que se pretende obligar a los usuarios a gastar dinero si quieren consumir en el interior del recinto.

No obstante, la asociación recuerda que la actividad principal de la empresa denunciada es la de “fomentar el deporte, la cultura y el ocio en toda la población de la isla de Tenerife”, tal y como aparece reflejado en su propia página web, y no la actividad de venta de alimentos o bebidas.

Añade Facua que Ideco detalla también que el pabellón, propiedad del Cabildo, “está calificado como bien de servicio público en las zonas destinadas a uso deportivo y anexos y, como bien patrimonial, en las zonas destinadas a oficinas y aparcamientos, con una superficie total de 14.334 metros cuadrados”.

Así, Facua subraya que el recinto en el que se celebrarán los conciertos acoge regularmente partidos de competiciones deportivas como baloncesto, a los que no se impide el acceso con alimentos.

Por tanto, la asociación recalca que en dicho recinto no se desarrolla ninguna actividad hostelera que pueda verse afectada por el hecho de que los consumidores que asistan al evento lo hagan con su comida y bebida.

Facua entiende que la prohibición vulnera el artículo 82 del Real Decreto 1/2007, de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

En ese artículo se establece que “se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquellas prácticas no consentidas expresamente y que causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato”.

La asociación critica que la normativa autonómica que regula esta cuestión, el Decreto 86/2013, por el que se aprueba el Reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos, y que regula el derecho de admisión, sea utilizada por los empresarios para justificar prohibiciones como la denunciada por Facua e impuestas por diversos establecimientos de ocio.

En cualquier caso, Facua recuerda que dicha normativa no puede en ningún caso prevalecer sobre la legislación estatal de Consumo, de rango superior.

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