La portada de mañana
Acceder
Peinado multiplica los frentes del ‘caso Begoña’ sin lograr avances significativos
El miedo “sobrenatural” a que el cáncer vuelva: “Sientes que no consigues atraparlo”
OPINIÓN | 'En el límite', por Antón Losada

El Supremo anula un swap que contrató una pareja tinerfeña a Bankia

Una sucursal de Bankia

David Cuesta

Santa Cruz de Tenerife —

Una sentencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo anula un swap que contrató una pareja residente en Tenerife a Bankia, anteriormente La Caja Insular de Ahorros de Canarias, y obliga a devolver las pérdidas que la operación provocó a los afectados. El fallo judicial, al que ha tenido acceso mirametv.com, deja sin efecto un pronunciamiento anterior de la Audiencia Provincial que daba la razón a la entidad financiera, condenada en primera instancia por el Juzgado Número 1 de Granadilla.

La sentencia, dictada por los magistrados del Supremo el pasado 14 de diciembre, insiste en laobligación que tienen los bancos de informar a sus clientes de forma detallada de las condiciones del producto que contratan, con mención expresa de los riesgos financieros a los que se exponen. El Tribunal ratifica así la cada vez más extensa jurisprudencia sobre la venta de los polémicos swaps.

La pareja firmó con Bankia en octubre de 2008 un contrato básico de servicios de inversión y un contrato de gestión de riesgos financieros, consistentes en un swap de tipos de interés, con un nocional de 200.000 euros. En enero de 2009 se produjo un primer saldo positivo de 291 euros, pero ya en abril comenzaron los problemas al producirse un cargo negativo de 1.075 euros. Este hecho llevo a los demandantes a presentar en julio una hoja de reclamaciones ante la entidad, que cifró el coste de la cancelación del acuerdo en 13.400 euros. Mientras, la cuenta de los afectados no paraba de registrar pérdidas por culpa de las liquidaciones del swap.

El conflicto terminó en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 1 de Granadilla de Abona, que dio la razón a la pareja y anuló el contrato, además de condenar a Bankia a devolver las cantidades percibidas. La entidad financiera recurrió entonces a la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife y volvió a dar la vuelta a la tortilla. Los magistrados estimaron la apelación y dejaron sin efecto la sentencia inicial.

Sigue leyendo esta información en Mírame TV.

Etiquetas
stats