El comisario de San Bartolomé de Tirajana fracasa en su intento por recuperar el sobresueldo

Isidro Armas, jefe de la Policía Local de San Bartolomé de Tirajana.

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —

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Nuevo varapalo judicial para el jefe de la Policía Local de San Bartolomé de Tirajana, Isidro Armas, y, por extensión, para el secretario y la tesorera de la corporación sureña, Marcelino López Peraza y Tania Naya. La titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Las Palmas de Gran Canaria ha desestimado el recurso presentado por el comisario contra el decreto de noviembre del año pasado con el que la alcaldesa de esta localidad turística, Concepción Narváez (PSOE), rectificó una decisión propia anterior y suspendió de forma cautelar el pago de unas retribuciones extra a esos tres altos funcionarios en concepto de complemento específico. Ese aumento de sueldo, que oscilaba entre los 1.500 y los 1.800 euros mensuales, fue aprobado en abril de 2016, bajo el mandato de Marco Aurelio Pérez (PP-AV), a través de una modificación presupuestaria que sería anulada, por sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), en mayo de 2019. 

En ejecución de esa resolución judicial, los tres altos funcionarios no cobran esas cantidades en sus nóminas desde agosto de 2019. Sin embargo, en verano del año pasado, la alcaldesa firmó un decreto que ordenaba restituir, por un error formal en el expediente, los sobresueldos que el comisario, la tesorera y la secretaria habían dejado de percibir. Para ello, asumió las competencias del concejal de Recursos Humanos, Alejandro Marichal (Coalición Canaria), que había suscrito la resolución que suprimía los pluses un año antes. En noviembre, y después de recibir las advertencias tanto de los servicios jurídicos del Ayuntamiento como de la Intervención municipal, Narváez se vio obligada a rectificar. Revocó los decretos que había rubricado cuatro meses antes, suspendió el pago de los complementos específicos (todavía no abonados a los trabajadores) e inició un procedimiento de revisión de oficio del acuerdo por el que se acordó el incremento de sus cuantías.

El comisario recurrió esa decisión. Pretendía que el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana le pagara los sobresueldos desde agosto de 2019 y hasta que no haya “declaración expresa” de que no son ajustados a derecho, pues insiste en que la sentencia del TSJC no afecta a esos pluses. Su alegación incluía tres motivos. El primero, la falta de motivación del último decreto de la alcaldesa. Sostenía que Narváez no había justificado por qué había rectificado y suspendido el abono de esas cantidades. La jueza discrepa de esta afirmación. Los argumentos, explica, están contenidos en los informes de los servicios jurídicos y de intervención, que concluyeron que en su anterior decreto, el enmendado, la regidora había omitido el procedimiento legal establecido para restituir esos complementos a los altos funcionarios. La sentencia remarca que la suspensión de los pagos se fundamenta en el inicio del procedimiento de revisión de oficio y en las diferentes resoluciones judiciales que han señalado la ilegalidad de los incrementos de sueldos aprobados por el Ayuntamiento. 

También discrepa la magistrada con el segundo argumento esgrimido por el comisario: la inexistencia de un perjuicio irreparable. La sentencia incide en que abonar a un servidor público una cantidad superior a la que le corresponde sí constituye un perjuicio irreparable, pues tales salarios se abonan con cargo al erario público y, por lo tanto, cuando son indebidos, causan un daño a la administración que representa el interés general. 

El abogado de Armas también había acusado al Ayuntamiento de incurrir en una desviación de poder, puesto que, a su juicio, el decreto de la alcaldesa no tenía la intención de iniciar el procedimiento de revisión de oficio del acuerdo sobre esos complementos, sino que quería “dejarlo sin efecto directamente”. La jueza replica que “no existe prueba de que la finalidad (de la administración local) sea no tramitar la revisión”, por lo que también rechaza este motivo. Recuerda que en esta causa se dirime el cobro de unos complementos que han sido rechazados por resoluciones firmes, “lo que difícilmente permite ver la desviación de poder en la actuación de una administración que busca que tales sentencias se lleven a efecto”. 

La sentencia impone el pago de las costas procesales al comisario, que aún puede presentar recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias. En el plano administrativo, la revisión de oficio no solo afecta a las cantidades que los tres funcionarios dejaron de percibir desde agosto de 2019, sino que también puede implicar la devolución de los complementos indebidamente cobrados desde abril de 2016. Esta resolución judicial es la segunda desfavorable que el jefe de la Policía Local de San Bartolomé de Tirajana recibe este mes. La primera, fechada el 2 de marzo, obliga al Ayuntamiento a revisar su último nombramiento, formalizado en 2016 a través de un polémico concurso de libre concurrencia, también durante la época de Marco Aurelio Pérez, actual consejero del PP en el Cabildo de Gran Canaria, como alcalde.  

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